Una paciente y sus médicos se denuncian
mutuamente.
Una paciente
denuncia a los médicos por una detención ...
Hoy aparece en la prensa (“Heraldo de Aragón”) una noticia que
llama la atención y que por lo tanto también es motivo del periódico más
veterano.
(que llega más allá de Aragón,
vendiéndose, en ocasiones hasta en Soria y Logroño, creo recordar, así como en
la “Costa Dorada” catalana en los periodos estivales, Salou o Cambrils, debido
a que los aragoneses, cuando alcanzaran la capacidad de veranear como ya clase
media, hace unos 50 años, eligieran por cercana, esa zona de Catalunya para que
las familias “conocieran el mar”, siendo que desde entonces, se hubiera
convertido en un referente familiar-aragonés, donde la venta del Heraldo de
Aragón formaría parte de ese ambiente
tan familiar que hiciera parecer que no se hubiera salido de las tierras aragonesas).

La noticia tiene “su aquél”, pues
la visión de la psiquiatría (en la
actualidad) y los medios que emplea en ocasiones, siempre fueron motivo de
comentarios, incluso en la prensa, donde otros especialistas, en ocasiones,
también se prestan a comentar lo que parecen al “sentido común” excesos, siendo
que en muy tristes ocasiones, lamentablemente lo fueran.
El planteamiento del abogado
Esteban Pendas parece bien correcto ante la presentación aparentemente contradictoria de los informes médicos.
al que personalmente
conozco por razones laborales, cuando tramitaba el pago a letrados en razón del
Pacto Laboral de Funcionarios, que permite – entonces permitía – elegir letrado en caso de que un funcionario en el
ejercicio de sus funciones públicas se viera o denunciado o perjudicado durante
la prestación de su “servicio público”, por lo que por lo general (y aunque los
funcionarios públicos municipales también pudieran solicitar la defensa
jurídica de los propios Letrados Consistoriales en tales circunstancias – como también viniera sucediendo –
otros preferían contratar los servicios de Letrados/Abogados exteriores a la
función pública, pertenecientes a gabinetes privados, que aceptaban llevar tales casos).
Había entre los
letrados/abogados, así requeridos en particular sus servicios, algunos
realmente famosos, que no sé si aún se hallan prestando sus servicios, que en
ocasiones hubieran salido en televisión, incluso a nivel nacional, por llevar
casos de tal naturaleza de interés – como
el Letrado Sr.Trebollé, y otros que
ahora no me viniera a la memoria - y no voy a buscar entre mis papeles de borradores que aún poseo - y que por lo general eran solicitados por los
Agentes Locales – Policías Locales
– en razón, sobre todo, como lo fuera en
el caso de Letrado Esteban Pendas, de ser muy conocedores de las tareas y
dificultades con que se encontrarían los miembros de la Seguridad del Estado al
realizar las funciones que tienen encomendadas, y llevándolas con éxito y a
plena satisfacción de los mismos funcionarios que tales tareas complejas
tuvieran que afrontar a diario
(por ejemplo, Esteban Pendas fuera uno de los responsable
de la seguridad en el desarrollo de los Juegos Olímpicos desarrollados en
Barcelona 92, e incluso se le pudiera ver en un reportaje postrero en TVE, de otro acontecimiento previo relevante como
fuera, en 1981, el atraco al Banco Central de Barcelona, que fue muy mediático,
ya que hubo unos doscientos rehenes o más, retenidos en la Plaza Catalunya de
Barcelona, convirtiéndose en un asunto preocupante - por entonces el citado
Esteban Pendas fuera uno de los primeros oficiales (Tenientes del cuerpo de infantería) que se adscribieron a los GEOs
– recientemente creados por Rodolfo
Martín Villa, para operaciones de alto riesgo (exponiendo sus vidas en riesgo,
pero desde conceptos de seguridad y profesionalidad de primer nivel nunca
vistos en España, y "sólo" teniendo los Geos una baja en su dilatada existencia, precisamente
en el reciente y triste aniversario del atentado de 2004 en el 11M,
muriera un Geo´s en la explosión de la casa donde se acorralaran a los
terroristas. Siendo tal su experiencia, estudiaría abogacía – según se dijera y a la vista se halla –
y se especializaría en la rama Penal - que
suele ser, o puede afectar más
comúnmente, al desarrollo de las tareas propias de funcionarios profesionales del
ejercicio encomendado de la seguridad; por lo que fuere uno de los letrados
más solicitados por los miembros de la Policía Local de esta ciudad).
Conocerlo personalmente se
debiera a la tramitación, precisamente, de los honorarios que (por Pacto-Convenio) abonaba el Ayuntamiento a los funcionarios para su defensa legal y que mi persona tramitaba; no
siendo una relación personal pero sí profesional satisfactoria para los
letrados/abogados, que como él, tramitaban el cobro de sus minutas y estuvieran
acostumbrados a tardar meses y meses en cobrar, por lo que cuando accedí a tal tarea
encomendada por mi Jefa de Servicios Jurídicos de la Oficialía Mayor - y luego llamada Vice-Secretaría General por
la entrada de la Ley de Grandes Ciudades, creo recordar que ese fuera el motivo
del cambio – en todos los planos que
se dieran de realizar pagos mi preocupación, al enterarme de tales retrasos, fuera abreviarlos (así también llevara
además de la base de datos de Jurisprudencia y los pagos de Costas Judiciales, así como el seguimiento de Costas a favor y en Contra del Ayuntamiento), entendí que
fuera inconcebible retrasar el abono de tales trabajos de manera tan dilatada,
por lo que de alguna manera, me urgía en tramitar las que me llegaran y a su
vez señalaba la proximidad de “agotamiento” de la partida presupuestaria, para
evitar dilaciones por agotamiento presupuestario (que afectaban a estos profesionales, habiendo en ocasiones que se
agotara tal partida esperar al presupuesto del año siguiente) dándose la
circunstancia que en tal tarea en que se iniciaba mi persona, hubiera “sintonía” en tal perspectiva de
agilizar pagos, habilitándose un sistema por el cual “se comunicaban” las partidas
donde hubiera ingresos por Costas a Favor del Ayuntamiento con la partida de “Pagos de Costas
Judiciales” y también con la partida destinada a “Pago de Asesoramiento y
Defensa Legal del Personal Municipal ”(por
Pacto Convenio) (era evidente que si empezáramos a controlar en Servicios
Jurídicos de Oficialía Mayor las Costas a favor y hacer su seguimiento para
efectivamente cobrarlas y que fueran a parar a las arcas municipales, hubiera
“medio y posibilidad” de que - generando
mi propio trabajo diario, entre otras tareas encomendadas, ese ingreso -
hubiera manera de "tirar de esos ingresos" para pagar a los Letrados y a su vez las
“Costas en Contra” sin que, agotándose la partida, hubiera que esperar a la
aprobación de los Presupuestos del Año siguiente para obtener una partida con liquidez, siendo
que se agotara nada más aprobarse el Presupuesto debido a las minutas que se
acumularan el año anterior, siendo un “círculo vicioso” aparentemente
insalvable, pues igual ocurría con la partida destinada a pagar “Costas en
Contra” – (que estaban dejadas de la mano de Dios hasta que los tribunales
respectivos realizaban requerimientos “extremos” amenazando al funcionario
concreto que llevara tal gestión con penas graves, (y que por cierto, desde que me encomendaran tal tarea que nadie hiciera
de manera cotidiana, fuera yo mismo "el
amenazado" por tales párrafos leguleyos – pero sin entonces saberlo – que los
jueces “adosaban” en sus escritos para intentar mover la maquinaria
Administrativa de entonces) y tal vez por ello nadie llevara o quisiera llevar tal
responsabilidad (salvo cuando directamente los letrados municipales, les urgía correr por un requerimiento o exhorto, y siempre pudieran señalar que no hubiera
nadie acometiendo tal tarea; y entonces sí, “toda la maquinaria municipal”
funcionara para correr a pagar unas Costas, a veces muy abultadas si los
procedimientos hubieran sido largos) - haciendo posible que, desde ese
momento, ya no hubiera problemas de liquidez en dicha partida, consiguiéndose que
los pagos se realizaran, incluso en menos de dos meses – y que posteriormente, el propio Gobierno Central del PP habilitaría la
obligación de tramitar las deudas de las Administraciones Públicas en plazo
máximo de dos meses (nosotros, en Servicios Jurídicos de Oficialía Mayor ya lo
hubiéramos conseguido mucho antes).
Posteriormente, ya como Servicios
Jurídicos de Vicesecretaría General, sería atendido en sus necesidades con
personal ortodoxamente cualificado para
estas tareas y se adscribiría a un TAG (creo que se llamaran así Técnico de Administración
General) que asumiría tales tareas con evidente mucho mejor criterio ortodoxo de
este quien escribe – que simplemente
mandaba los documentos ADOS, RC, etc. cumplimentados – ya en formato digital
últimamente – y “dejaba” que la “maquinaria funcionarial” cumpliera su siempre
esperado curso – y si en algún momento
se atascaba, una llamada de tlfno o mejor, una visita al departamento – con un: ” ¿qué ha “pasao”?” -bastaba para saber la
circunstancia y si fuere preciso rectificar un error o señalar el obstáculo o
embudo a la Jefe de Servicio o al Vice, para que se resolviese – sin duda el TAG que se adscribiera muy posteriormente, puso “todo en orden de
manera más ortodoxa que se pudiera concebir” – “Administrativamente
hablando” - y habilitara lo que fuere preciso en excelente tarea, pues pasado
un tiempo, siguiera su carrera funcionarial en otras responsabilidades que le
requerirían (tal vez sea poco conocida la
capacidad de los Técnicos en Administración General, Municipales, de “valer
tanto para un roto como para un descosido”, y ya, en un artículo de este blog, ya hace unos años por cuestiones Asociativas del Baile, señalara que son de los mejores especialistas, en su rama, que
dispone nuestra ciudad y a su vez “grandes desconocidos” que hacen funcionar todos
los aspectos que aborda un ayuntamiento de estas dimensiones como el de nuestra
ciudad (por lo general se jubilan siendo desconocidos de los ciudadanos y
repuestos, sin que nada pareciera ocurrir; y así debe de ser y seguirá siendo
–
Nota: Ahora que al recordar por esta circunstancia concreta del
referido artículo de Heraldo de Aragón, “vengo a caer en esa cuenta” de ese
motivo descrito, por el que probablemente, “nadie” quisiera asumir en su día
tal gestión de Costas en Contra (y a Favor) (o la Partida de Asesoría y Defensa
Legal del Personal Municipal), como responsabilidad o cometido propio, aunque
sí, evidentemente, puntual. Sería de entender o imaginar, que en algún caso
pudiera entenderse que un juez o Magistrado cansado de requerimientos para que
una Administración pague sus Costas en Contra, llevara a ejecutar dicha
amenaza contra el funcionario que gestionara, entre otras tareas, dicha
partida, a fin de tomarle declaración y explicara (y el juez se “enterarse”) de
lo que realmente aconteciera en una Administración Local, como la de esta
ciudad, (y la compartimentación de las actividades administrativas, al punto,
de dejar tan desangelada, durante tanto tiempo, una partida presupuestaria como
la citada. Pero fuera un suponer más que una realidad, ya que el diálogo entre las Administraciones de
alguna manera existiera, y en consecuencia, “todos supieran” lo que realmente
pasara, sin nadie poner remedio – a fin de cuentas sobre quien cayera la
responsabilidad fuera una Jefe de Servicio que no fuera del agrado de unos, y
tal vez tampoco “del todo” de los“otros” – y por ello nadie lo remediara hasta que al fin sí lo hicieran, quién
pudiera saber quién hace cambir de opinión y mejora la Admnistración Local?.
Fuera el propio Esteban
Pendas, quien en su día, en las primeras veces que le atendiera (con ocasión de asumir esa tarea de
gestionar Partidas Presupuestarias como la de Costas en contra y a favor, y la
mencionada de Asesoría y Defensa Legal del Personal Municipal), quien me
dijera el tiempo en que tardaban a cobrar del ayuntamiento, dejándome perplejo
(¿sería posible?) (con los años recuperé
contacto puntual con amigos conocidos en la pubertad/juventud, que estaban
casados y que teniendo una empresa de construcción, y trabajando para el
ayuntamiento, en ocasiones, me dijeran que los impagos de la Administración
local “derribaran” su empresa de construcción).
Constaté los
motivos de tales retrasos – aquí señalados – y fuera precisamente Esteban Pendas quien viendo el “pronto
pago” me felicitara por mi tarea – También me felicitara la "Librería General" a la que comprábamos libros y también me preocupara, como en todas las partidas que llevababa, que se tramitaran con prontitud, lo que les llevara a decirme un día - que fuera a realizar un pedido de mi Jefa de Servicio - que subiera a la planta superior donde se hallaban las oficinas y me dijera un señor: "Sepa que por Vd. los fncionarios municipales tendrán en esta librería un descuento de 5% en cada compra" - creo que dijo el 5% o tal vez fuera le 10%, entendí que lo único que hiciera fuera que cobraran en un tiempo razonable, como los letrados o los pagos de Costas - unos años más tarde el Club Social anunciaría que los funcionarios municipales tenían un descuento del 5% en la Librería General (¿?) -
(creo que nadie más lo hiciera (me enteré que mi jefa sí intentara que me valoraran – pero con comentarios que yo desconociera que realizaba, hasta mucho más tiempo después -, sin embargo, tan pronto me llegaba un comentario relevante de valoración positiva, como al tiempo me tiraran por el suelo, siendo a su vez este proceder un “circulo vicioso” -“cosas” de la
Administración Pública que parece afectar a todo funcionario público, incluso
de cualquier nivel que se mire, por lo que no hay queja por ello).
En cualquier caso, los
recuerdos me desvían del objetivo de este artículo, y tal vez estos comentarios
anejos “aburran” al potencial lector.
Al caso:
El argumento del Letrado Esteban
Pendas (según describe o entendo del “Heraldo de Aragón”) parece bien traído, pero “chocará
en hueso”, sin duda, pues si bien se aludiera a informe en que la demandante no
presentara signos propios para tenerla que retener y menos sujetar
mecánicamente, por otro lado resultara que el juez señala (y adelanta) la
circunstancia de intento de suicidio…
La perspectiva de la función
de la Psiquiatría vive una dilatada etapa de “conceptos restrictivos, que en
ocasiones se muestran recurrentemente extremos” – a los que los jueces y juzgados se adhieren, aunque gravemente
perjudiquen a los pacientes de estos ámbitos (como por sí mismo “muestra” la paciente - como “daño moral y tal vez se
sintiera “vejada” en sus sentimientos más profundos” - al decidir llevar a
juicio a los médicos). Lo que dijera “el sentido común” – de poseerse como tal sentido común como norte
en toda actividad de la sociedad – sería que: Un problema transitorio,
breve y posiblemente “del momento” le llevara a esta mujer de 31 años a tomarse
esas pastillas, cuestión que bien manejada podría encauzarse adecuada y
positivamente para su mejor solución – sin embargo, precísamente, el ámbito de
la psiquiatría no suele ser el más idóneo, por el contrario, este tipo de
medidas de las que disponen y que legalmente les hemos otorgado, pueden
llevarse a extremos ofensivos para un paciente, porque simplemente aplican un
protocolo sin tener en cuenta la singularidad de cada persona, y como tal
protocolo se aplica “y punto”, además suele ser extraño que un médico sea quien
proceda a realizar la misma inmovilización – ello resulta sorprendente según el
relato de la noticia en el Heraldo de Aragón, pues son procedimientos que
asumen personal especializado, muy especializado, y con adiestramiento concreto
y experiencia, por lo que un médico no sería la persona adecuada, ni siquiera
idónea, para tal tarea – siempre que se entendiera bien lo que expresa la
noticia, como el momento en que se considera que la paciente agrediera
voluntariamente o con intención de hacer daño a la médico que pretendiera
proceder a inmovilizarla – situación
totalmente anómala y muy cuestionable que sucediera tal como se interpreta esa
noticia (sería realmente muy
inadecuado y extraño, que un médico, o una médico, se rebajara a realizar tal
tarea” a no ser que quisiera “enviar” al paciente “un mensaje adicional”,
probablemente de “castigo” o de obligarle a “sumisión”, cuestiones que también
son propias, en ocasiones ,del mundo de la psiquiatría).
(excesos de esta
naturaleza se podrían hallar en la prensa, y en este blog; algunos se
reprodujeran en su día, precisamente al procederse a inmovilizar personas, que
siendo por negligencia médica o por dejadez inaceptable, murieran atadas a una
cama: una de ellas por mal diagnóstico que le llevó a estar atada varios días y
muriera en plena desolación – que el
abogado de tal hospital abordaría la defensa de la médica psiquiatra como
“muerte súbita” (hay que tener
narices para tal argumento; no le seguí la pista, pero igual le saliera bien ya
que la “muerte súbita" se emplea para casi todo que no se explican los propios
médicos: la negligencia la cometiera una médico psiquiatra y se confía en que
otro médico, con un criterio como el que expone el abogado defensor, “la salve”)
y un joven occidental moriría de la misma manera atado a una cama en un
hospital de Japón después de varias semanas inmovilizado. Y nadie se rasga las
vestiduras, para nada).
Diga lo que se diga en el informe
médico al respecto sobre su salud mental – y
aunque no presentara trastorno alguno, como señala el letrado – cuestión
que desde este momento ya será dudosa - o
en camino de serlo de una manera u otra - pues en alguna medida y
disponiéndose de los recursos argumentarios que en la actualidad se dispone en
el ámbito psiquiátrico, (y que "se comunican" desde los ámbitos psiquiatricos de paises tan lejanos como EEUU, mediante revistas y encuentros, donde la industria farmacéutica invierte en argumentarios médicos que sirvan para fortalecer sus propios intereses) - sin duda, alguno, acabarán imputándole algún tratamiento o etiqueta en forma de diagnóstico , que se
adapte la clienta a lo que parece contrademanda de los médicos sobre su propia paciente
por negarle a darle el alta voluntaria y atarla a la cama 14 horas y esta
acusarle de “detención ilegal” – algo que
parece excesivo - pero que seguro se argumentara convenientemente por los
letrados que contrademandan a la paciente, y el juzgado, en razones de
seguridad y prevención (que seguro será
uno de los argumentario médicos que se traslade al juzgado), muy
probablemente aceptará (la clienta
pudiera acabar teniendo que pedir “clemencia y suplicando perdón” (y tal vez le
propongan además, como pacto, someterse
a tratamiento “paternal” para demostrar la buena voluntad médicoterapéutica (que fuera lo que seguramente el juez tuviera en mente en la declaracion a "Heraldo de Aragón" y dejar “en nada”o casi nada,salvo costas, todo).
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Una vez se entra en tal ámbito de
la psiquiatría, las personas se pueden dar por “jodidas” – ante el despliegue de posibilidades que le otorga la legislación actual
y que son refrendadas en los juzgados por muy “contrasentido común” que se
pudiera alegar en ocasiones – incluso, aunque un represéntate del “sentido común” - que aún se hallaran en la “psicología terapéutica”
- probablemente remitiría todo el problema planteado (incluyendo el enconamiento psiquiátrico por inmovilizarla) a las
circunstancias previas, que llevaran a la persona a tal ingesta de pastillas,
para desde ahí resolver y normalizar la circunstancia de esta persona; siendo
de esa manera, posible, que la situación mejore, se sobrelleve y se vuelva a
una normalidad que permitiera incluso olvidar tal episodio (pero cayó "en mal lugar", y probablemente lo que le acontezca sea diferente)
Al caer la persona en el
ámbito psiquiátrico (y generar un ingreso)
la perspectiva con que se contempla el “incidente”
cambia drásticamente, y se orienta hacia una cuestión de “seguridad” (tanto “para la
persona como para su entorno” y
este concepto es de mucho calado en el ámbito judicial) y se procede a
buscar un diagnóstico “que se adapte”
para iniciar un seguimiento que probablemente será de por vida y con amenazas
de ingresos forzosos si pone objeción o resistencia al criterio psiquiátrico.
Es cómo funcionaría el mundo de
la actual psiquiatría en razones de “seguridad” (que precisamente es la referencia que hace el juez para ya delimitar
el ámbito de lo que será su decisión, y que se barrunta adversa en la
reseña de la prensa; motivo,
probablemente, de que Heraldo de Aragón
se haga eco de tal noticia).
Si nos atenemos, por ejemplo, a
que las personas en distintas etapas de sus vidas se “salvan” por las redes de
amistades de confianza – por lo general en ocasiones basta con una sola persona
concreta y de confianza, con quienes se comprenden las situaciones y son apoyo y acompañamiento, para superar
adversidades o decepciones; cuestión común para la mayoría de las personas.
– por ejemplo en una primera
etapa de pubertad hasta la primera juventud donde se van definiendo los
roles sociales, las compatibilidades de sensibilidad y/o caracteres, creando
redes de amigos que “acompañan” la experiencia de vivir y que vemos como se
rompen al fallar el trabajo, no tener ingresos y no poder realizar un proyecto
vital propio, e incluso traumas ocultados o tapados que precisan expresarse en
entornos de seguridad y compresión. O ya
en la vejez, cuando la mayoría de los soportes de “red social de apoyo” han ido
falleciendo y quedan solas ante tales eventualidades emocionales, o incluso
ante una pérdida o tragedia familiar donde existe una desestructuración
familiar o de soporte de red afectiva de confianza, que normaliza prestando
apoyo, todo lo que resulta un desengaño particular o social. Se entra entonces
en riesgo de caer en tales manos de tal visión psiquiátrica que, por lo
general, según las circunstancias, pero por lo general, tienden a hundir más o
definitivamente la vida de una persona, pues se le ha estigmatizado socialmente
( y ello será parte del peaje a
sobrellevar); una losa que ningún psiquiatra estaría dispuesto a
sobrellevar para sí (también de ello hubiera constancia). Y sin duda, haciéndoles dependientes casi a perpetuidad de
una medicación o seguimiento que debiera ser de apoyo a una psicoterapéutica, (que antes
realizaran como tal papel psicoterapéutico, la red social de amistades de confianza - pues suele bastar con verbalzar y ser escuchado y sinceramente comprendido) o en el peor de los casos, por discriminaciones arbitrarias, cuando se
estigmatizan personas, se perdieran las redes sociales que parecieran de confianza y soporte emocional, pero que fuera evidente que no lo fueran de apoyo real y sincero; y por ello sucenden cosas como estas y desengaños como estos o traiciones como estas que llevan a tal impulso desafortunado, que ni psiquiatras, ni juez, van a dejar pasar por desapercibido, como quisiera la cliente y paciente.
Puede parecer algo lejano y ajeno
a cualquier lector, pero si lo meditan bien y miraran a su alrededor con cierto
detenimiento, son circunstancias de las
que nadie estuviera libre de padecer en algún momento o etapa de su vida.
Por ejemplo veamos el siguiente
enlace de vídeo:
https://www.facebook.com/share/v/5qsHturQN4rQvkej/
Vemos que cualquier persona, en
un momento dado, puede desestabilizarnos (mucho más si es una persona cercana y
de nuestra propia familia). La psicóloga así lo refleja en esta charla, pues
puede llevarnos a la desesperación en un momento dado.
Este video, (con el que
pudiéramos estar muy conformes en los rasgos descriptivos de personas tóxicas)
resulta muy relevante, por la perspectiva actual de la Psiquiatría, actuaría al
respecto y por lo general, de manera muy errónea (u ofensiva) al afrontar la evidencia de una situación de crisis.
Cabría señalar, que el mundo de la
Psiquiatría es el que precisamente extiende los prejuicios sociales y
estigmatización de pacientes, aunque formalmente “diga” combatirlos. En
absoluto, se constatara ello y menos en estos tiempos.
Por ejemplo, para determinar el
origen de un problema, supongamos que el de esta persona de 31 años de edad que
tiene una discrepancia grave con la psiquiatra hasta el punto de iniciar un
pleito (que de no poner remedio, fuera a
perder, según expresa el criterio del juez en la prensa). El ámbito
psiquiátrico hubiera iniciado el argumento de "proteger" a la propia persona y tal argumento cala en los jueces de manera decisiva. Y también el ámbito de la psiquiatria es extremadamente permeable al discurso familiar respecto de la
persona afectada en un momento dado (por lo que dependiendose de lo que dijera alguien cercano llevando el susto encima, y por lo que llega en sus informes incluso a
señalar antecedentes o circunstancias que en ocasiones son falsas - de ello se tiene este particular prueba clara y rotunda);
pero de poco sirviera desmentirlas una vez se establece una dinámica de "protección" forzada con o sin diagnóstico o en esa
tarea se estuviera el psiquiatra, o la
psiquiatría, (pues cualqiera que conozca al perfil de psiquiatra, cuando "se ponen a buscar," nadie se halla sano, mas que ellos mismos) además suelen formularse varios diagnósticos diferentes (y tampoco parece ello importar nada a nadie,
a pesar de considerarse así mismos médicos y por lo tanto vinculados a la ciencia
y al método científico; por lo que existen sectores científicos que han venido desacreditando
sus métodos y sus conclusiones, pero a su vez, no parece habilitarse por la
sociedad, modelo alternativo, a no ser que la sensibilidad de un psiquiatra
concreto cambie 180º respecto de un paciente y concluya por ser permeable y
apoyarle hasta sacarlo a flote, cuestión que tan pocas veces se diera que
parece improbable).
Es de señalar que una persona se “saca
de quicio” porque hay alguien en su entorno capaz de hacerlo y por lo general
muy cercano, ante el cual, la persona “carece de defensas psicológicas” o “estrategias
de psicológicas defensa” – que sean aceptadas por el toxico acosador - pues existen personajes tóxicos
realmente hábiles a la hora de acosar a quienes consideran “accesibles” a sus
acosos, que por otro lado son muy difíciles de demostrar ante los ámbitos judiciales
por su naturaleza sutil, con la que “todo el mundo hubiera venido lidiando
alguna vez en su vida" y hubiera sabido o manejarse o mantener a distancia o usar de terceros para ponerles límites a tales personajes tóxicos.
Es decir, desde el ámbito psiquiátrico,
el relato que prevalece, en razones de “seguridad” – dada la actual trayectoria
de la psiquiatría en todo el mundo, como anticipación de “posibles daños contra
sí o contra terceros” - cuestión dudosa de prever con certeza plena, pero que
por el contrario, un diagnóstico psiquiátrico hace posible y plenamente viable
para un juez (aunque el índice de delitos sea prácticamente idéntico en
personas diagnosticadas con un trastorno mental y el resto de la sociedad no
diagnosticada). Es decir, las probabilidades
de delito o agresión son las mismas. Pero sin embargo, se penaliza en plenitud de 100% de posibilidades si es argumentada por un psiquiatra – y por ello los informes médicos son relevantes y por ello, sabiéndolo
el mundo de la psiquiatría, los redactara en ocasiones en términos parecidos a
un informe policial (siendo ello una novedad inesperada - que algunos psiquiatras
usan desde hace relativamente ,pocos años y que seguro hubiera sido imitado de otros en el extranjero que tuvieran tal iniciativa con éxito - que esperemos pronto pase de moda o se prohíba en algún momento por ser
realmente inapropiado e incluso ofensivo en la profesión médica – y, en ello, sí existe intención, porque los psiquiatras, aunque no sean
especialistas en psicología, indudablemente la usan para sus propios intereses
cuando estos son de grupo profesional para adquirir o poder usar herramientas o
privilegios legales frente a pacientes que se muestran reticentes).
Es decir, se acepta el relato
familiar cuando fuere sabido que suele ser el mismo ámbito familiar el que por algún
tipo de negligencia o toxicidad fuera el que estableciera la vulnerabilidad en una
persona hasta el punto de instaurarle un diagnóstico y etiqueta psiquiátrica. O
dicho de otro modo, el ámbito mal-tratador (o tóxico) tendría la iniciativa de veracidad
ante el entorno psiquiátrico respecto al paciente. Por lo que realizar
psicoterapia con psiquiatras puede representar un riesgo para un paciente,
porque la tendencia generalizada es “traicionar” al paciente en caso de duda
del psiquiatra – es decir, "traición
institucional" (ver wikipedia en inglés) aceptada socialmente por el mundo judicial en razones de supuesta
seguridad - por lo que los pacientes entran en un ámbito que más parece un
laberinto en el cual “NUNCA TIENEN RAZÓN” o difícilmente se la dan. En ocasiones basta
la llamada de un familiar cercano de los que amargan la vida del paciente para
que se desencadene un ingreso bajo pretextos falseados que, a su vez, sacan de
quicio a la persona afectada, dando así credibilidad al relato de los personajes tóxicos,
con lo cual, la pérdida de la libertad, sin verdadero motivo, es vivida como
una experiencia real, porque es real, y a su vez es una infracción que mina la
moral y la salud de las personas cuando ello se produce de manera reiterada y
gratuita.
Otra cuestión a tener en cuenta
del mundo de la psiquiatría (de su
inercia adversa en estos momentos) es que en realidad “no le importan las
causas reales que motivan el ingreso de una persona” – en absoluto;
de ahí “el descuido” y la
negligencia con que los psiquiatras pueden confeccionar sus informes de motivos
de ingreso basados “en relatos” de familiares que nunca contrastan y a su vez,
dan lugar a antecedentes deformados, en un proceso de términos que acaban
recordando a la terminología policial (motivo
de la detención, antecedentes…) similar o parecida (que en el caso de algunos profesionales, sus redacciones sobre
pacientes, llegan a ser casi idéntica a fichas policiales: “conocido, ingresado
reiteradamente”, aunque en realidad solo hubiera estado dos veces ingresada una
persona, ya se facultan para señalarle como “conocido” - como si quien relatara
la circunstancia fuera un agente policial; pues los psiquiatras “saben” que
las personas, si son llevadas a la desesperación, aunque sean pacientes, acabarán
en algún momento delante de un juez por la razón que fuere, y relatar de tal
manera los informes daría cierto “prestigio” profesional ante un juez que viera
que, tal médico, anticipara una situación – la naturaleza de cualquier juez de
bien, sería, sin duda, la de evitar el delito en vez de tenerlo que castigarlo.
Por lo que un profesional de la psiquiatría que así actuara con un paciente,
siempre se “sentiría” cubierto ante cualquier incidencia, aunque esta nunca llegue
a darse (pero si se diera, aparecería ante
el juez como un profesional muy digno de consideración) y de hecho son
sumisos a todas sus decisiones e incluso llegan a justificar, en algún auto,
errores de bulto de psiquiatras - que dan a entender “abusos” e “intimidaciones
a pacientes concretos, o sobre un paciente, - que en absoluto los jueces de esta
ciudad van a escudriñar o investigar cómo se debiera, en su caso, en razón del
convenio de Nueva York firmado y ratificado por España, respecto de los
derechos iguales de estas personas que pudieran tener un diagnóstico de
naturaleza psiquiátrica (en absoluto para nada y de ello se tendría bochornosa
prueba relativamente reciente y
procedente del mismo Hospital Royo Villanova, solo por casualidad).
Para más desgracia de una persona
que cayera en estos ámbitos (cada vez más
“seguros”) como se indicaba, al no “mirar” al origen real del motivo del
padecimiento, la percepción psiquiátrica se tiende a objetivizar de manera
adversa, pues determina “con fallo” el origen del problema, le pone un nombre
que tiende a arruinar la vida de la persona, y cada ingreso se observa como un “retroceso”
en vez de observarlo como un fallo, propio, de un mal método. Por lo que si el paciente carece de red de
apoyo, el pronóstico que realizan tiende a ser cada vez más adverso ante la
desesperación del propio paciente que viera como las circunstancias adversas y
tóxicas del entorno inmediato, se reinician, una y otra vez, en actitudes de
acoso por cualquier discrepancia, de las cuales el mundo de la psiquiatría pasaría
olímpicamente, por lo cual el mundo de los juzgados hiciera lo mismo.
Es decir, la psicoterapia del ámbito
psiquiátrico no suele funcionar si no hubiera soporte honesto y afecto sincero
que brinde apoyo al paciente.
De servir este texto para ganarse
un caso como el señalado por la prensa (que no dejaría de ser un gran logro
profesional y a su vez un riesgo si la cliente no pone medios para superar ahora, tres traumas: el inicial, el del disgusto de conocer cómo se las gastan los psiquiatras y el tener que enfrentarse a un juicio que ya se barruta perdido) la persona así bien defendida y librada de la contra-demanda,
debiera asegurarse de tener una buena red de apoyo social, o por el contrario,
si tal ambiente cercano tuviera dudas sobre su derecho real a defenderse de un
abuso – que pudiera ser claro y expreso – debiera prevenirse, en cualquier caso,
buscando apoyos firmes y sólidos o bien un psicoterapeuta que parta desde la
versión de la propia persona para iniciar un trayecto de toma de consciencia de
la causa que le llevara a tal iniciativa de tomar tantas pastillas y asegurarse
de que tal camino diera resultados para superar no solo el episodio de las
pastillas sino también la “dosis” de realidad psiquiátrica que también se le
viniera encima y que ahora amenaza, en un jugado, su libertad personal, según se asegura
el criterio del juez en el “Heraldo de Aragón”.
En caso de que el letrado esté
absolutamente confiando en que fuere un abuso inaceptable la de su defendida,
lleve la causa, si la persona tuviera recursos y apoyos morales, hasta donde
fuere preciso e incluso más allá, pues es de prever que a ciertos niveles
jurisdiccionales, algunos métodos psiquiátricos seguirían observándose de
manera abusiva, pero sobre todo porque de ser condenada la persona sin poder
optar a recursos el daño que hiciera la
psiquiatría a esta persona seria doble y triple: No entra en el fondo y causa
que motiva la tentativa de pastillas; prolonga, al parecer, innecesariamente el
ingreso – cuestión de la cual también se posee documento similar y del propio
Hospital, en un acto de observación que
suelen durar una semana y lo extendieran tres – siendo que además ordenan inmovilización
que según se acredite por los médicos, pudiera interpretarse como “castigo” destinado a la sumisión (se comentara un caso de una chica, que teniendo
una crisis, diera un golpe a un celador, y días más tarde en planta, ingresada,
la vieran los familiares con un ojo morado y les narrara que el celador le
diera un puñetazo, en venganza por el golpe recibido durante el ingreso (es que
tenemos de todo en este país a poco que mires). Y por último, los médicos responden
a la demanda de la paciente - (que obviamente no sabe "qué es entrar en una
planta de psiquiatría en cualquier parte del mundo") por sentirse humillada, o
vejada hasta el punto de considerar la inmovilización mecánica un acto de
detención ilegal (o secuestro) – con una
contra demanda para meterla en la cárcel – todo un ejemplo de Juramento Hipocrático
que al parecer avalara el juez (la
etiqueta parece tenerla servida tal cliente) pues parece ser lo que se buscaría
– un cliente más para un ámbito de
farmacéuticas que en la vertiente de la psiquiatría tiene uno de los mayores
negocios (la medicación es positiva y necesaria como acompañante para una
psicoterapia honesta y sincera, que dada la experiencia que se pudiera demostrar
en este blog, no fuera el mundo de la psiquiatría el lugar más idóneo donde se
expresara honestamente el juramento hipocrático).
Tal vez me halle equivocado, pero
si de alguna chiripa sirviera este artículo, se debiera asegurar en todo
momento, que la clienta recibe el apoyo psicoterapéutico (o familiar o de
pareja) que le permita no sólo superar la situación inicial, sino las derivadas
en las que se hallara en este momento. Y una cuestión a no perder de vista: Lo importante es ella, por encima de
todo y de todos, incluidos los hábitos corporativos que suelen ser también
frecuentes (tanto en médicos como en ámbitos judiciales).
Suerte.