Miguel Ángel Ibáñez Gómez - maiges_ps@hotmail.com

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martes, 12 de marzo de 2024

Una paciente y sus médicos se denuncian mutuamente.

 Una paciente y sus médicos se denuncian mutuamente.

Una paciente denuncia a los médicos por una detención ... 

Hoy aparece en la prensa (“Heraldo de Aragón”) una noticia que llama la atención y que por lo tanto también es motivo del periódico más veterano. 

(que llega más allá de Aragón, vendiéndose, en ocasiones hasta en Soria y Logroño, creo recordar, así como en la “Costa Dorada” catalana en los periodos estivales, Salou o Cambrils, debido a que los aragoneses, cuando alcanzaran la capacidad de veranear como ya clase media, hace unos 50 años, eligieran por cercana, esa zona de Catalunya para que las familias “conocieran el mar”, siendo que desde entonces, se hubiera convertido en un referente familiar-aragonés, donde la venta del Heraldo de Aragón formaría parte  de ese ambiente tan familiar que hiciera parecer que no se hubiera salido de las tierras aragonesas).

La noticia tiene “su aquél”, pues la visión de la psiquiatría (en la actualidad) y los medios que emplea en ocasiones, siempre fueron motivo de comentarios, incluso en la prensa, donde otros especialistas, en ocasiones, también se prestan a comentar lo que parecen al “sentido común” excesos, siendo que en muy tristes ocasiones, lamentablemente lo fueran.

El planteamiento del abogado Esteban Pendas parece bien correcto ante la presentación aparentemente contradictoria de los informes médicos.

al que personalmente conozco por razones laborales, cuando tramitaba el pago a letrados en razón del Pacto Laboral de Funcionarios, que permite – entonces permitía – elegir letrado en caso de que un funcionario en el ejercicio de sus funciones públicas se viera o denunciado o perjudicado durante la prestación de su “servicio público”, por lo que por lo general (y aunque los funcionarios públicos municipales también pudieran solicitar la defensa jurídica de los propios Letrados Consistoriales en tales circunstancias – como también viniera sucediendo – otros preferían contratar los servicios de Letrados/Abogados exteriores a la función pública, pertenecientes a gabinetes privados, que aceptaban llevar tales casos).

Había entre los letrados/abogados, así requeridos en particular sus servicios, algunos realmente famosos, que no sé si aún se hallan prestando sus servicios, que en ocasiones hubieran salido en televisión, incluso a nivel nacional, por llevar casos de tal naturaleza de interés – como el Letrado Sr.Trebollé, y otros que ahora no me viniera a la memoria - y no voy a buscar entre mis papeles de borradores que aún poseo - y que por lo general eran solicitados por los Agentes Locales – Policías Locales – en razón, sobre todo, como lo fuera en el caso de Letrado Esteban Pendas, de ser muy conocedores de las tareas y dificultades con que se encontrarían los miembros de la Seguridad del Estado al realizar las funciones que tienen encomendadas, y llevándolas con éxito y a plena satisfacción de los mismos funcionarios que tales tareas complejas tuvieran que afrontar a diario 

(por ejemplo, Esteban Pendas fuera uno de los responsable de la seguridad en el desarrollo de los Juegos Olímpicos desarrollados en Barcelona 92, e incluso se le pudiera ver en un reportaje postrero en TVE, de  otro acontecimiento previo relevante como fuera, en 1981, el atraco al Banco Central de Barcelona, que fue muy mediático, ya que hubo unos doscientos rehenes o más, retenidos en la Plaza Catalunya de Barcelona, convirtiéndose en un asunto preocupante - por entonces el citado Esteban Pendas fuera uno de los primeros oficiales (Tenientes del cuerpo de infantería) que se adscribieron a los GEOs – recientemente creados por Rodolfo Martín Villa, para operaciones de alto riesgo (exponiendo sus vidas en riesgo, pero desde conceptos de seguridad y profesionalidad de primer nivel nunca vistos en España, y "sólo" teniendo los Geos una baja en su dilatada existencia, precisamente en el reciente y triste aniversario del atentado de 2004 en el 11M, muriera un Geo´s en la explosión de la casa donde se acorralaran a los terroristas. Siendo tal su experiencia, estudiaría abogacía – según se dijera y a la vista se halla – y se especializaría en la rama Penal - que suele ser, o puede afectar más comúnmente, al desarrollo de las tareas propias de funcionarios profesionales del ejercicio encomendado de la seguridad; por lo que fuere uno de los letrados más solicitados por los miembros de la Policía Local de esta ciudad).

Conocerlo personalmente se debiera a la tramitación, precisamente, de los honorarios que (por Pacto-Convenio) abonaba el Ayuntamiento a los funcionarios para su defensa legal y que mi persona tramitaba; no siendo una relación personal pero sí profesional satisfactoria para los letrados/abogados, que como él, tramitaban el cobro de sus minutas y estuvieran acostumbrados a tardar meses y meses en cobrar, por lo que cuando accedí a tal tarea encomendada por mi Jefa de Servicios Jurídicos de la Oficialía Mayor - y luego llamada Vice-Secretaría General por la entrada de la Ley de Grandes Ciudades, creo recordar que ese fuera el motivo del cambio  – en todos los planos que se dieran de realizar pagos mi preocupación, al enterarme de tales retrasos, fuera abreviarlos (así también llevara además de la base de datos de Jurisprudencia y los pagos de Costas Judiciales, así como el seguimiento de Costas a favor y en Contra del Ayuntamiento), entendí que fuera inconcebible retrasar el abono de tales trabajos de manera tan dilatada, por lo que de alguna manera, me urgía en tramitar las que me llegaran y a su vez señalaba la proximidad de “agotamiento” de la partida presupuestaria, para evitar dilaciones por agotamiento presupuestario (que afectaban a estos profesionales, habiendo en ocasiones que se agotara tal partida esperar al presupuesto del año siguiente) dándose la circunstancia que en tal tarea en que se iniciaba mi persona, hubiera “sintonía” en tal perspectiva de agilizar pagos, habilitándose un sistema por el cual “se comunicaban” las partidas donde hubiera ingresos por Costas a Favor del Ayuntamiento con la partida de “Pagos de Costas Judiciales” y también con la partida destinada a “Pago de Asesoramiento y Defensa Legal del Personal Municipal ”(por Pacto Convenio) (era evidente que si empezáramos a controlar en Servicios Jurídicos de Oficialía Mayor las Costas a favor y hacer su seguimiento para efectivamente cobrarlas y que fueran a parar a las arcas municipales, hubiera “medio y posibilidad” de que - generando mi propio trabajo diario, entre otras tareas encomendadas, ese ingreso - hubiera manera de "tirar de esos ingresos" para pagar a los Letrados y a su vez las “Costas en Contra” sin que, agotándose la partida, hubiera que esperar a la aprobación de los Presupuestos del Año siguiente  para obtener una partida con liquidez, siendo que se agotara nada más aprobarse el Presupuesto debido a las minutas que se acumularan el año anterior, siendo un “círculo vicioso” aparentemente insalvable, pues igual ocurría con la partida destinada a pagar “Costas en Contra”  – (que estaban dejadas de la mano de Dios hasta que los tribunales respectivos realizaban requerimientos “extremos” amenazando al funcionario concreto que llevara tal gestión con penas graves, (y que por cierto, desde que me encomendaran tal tarea que nadie hiciera de manera cotidiana,  fuera yo mismo "el amenazado" por tales párrafos leguleyos – pero sin entonces saberlo – que los jueces “adosaban” en sus escritos para intentar mover la maquinaria Administrativa de entonces) y tal vez por ello nadie llevara o quisiera llevar tal responsabilidad (salvo cuando directamente los letrados municipales, les urgía correr por un requerimiento o exhorto, y siempre pudieran señalar que no hubiera nadie acometiendo tal tarea; y entonces sí, “toda la maquinaria municipal” funcionara para correr a pagar unas Costas, a veces muy abultadas si los procedimientos hubieran sido largos) - haciendo posible que, desde ese momento, ya no hubiera problemas de liquidez en dicha partida, consiguiéndose que los pagos se realizaran, incluso en menos de dos meses – y que posteriormente, el propio Gobierno Central del PP habilitaría la obligación de tramitar las deudas de las Administraciones Públicas en plazo máximo de dos meses (nosotros, en Servicios Jurídicos de Oficialía Mayor ya lo hubiéramos conseguido mucho antes).

Posteriormente, ya como Servicios Jurídicos de Vicesecretaría General, sería atendido en sus necesidades con personal  ortodoxamente cualificado para estas tareas y se adscribiría a un  TAG (creo que se llamaran así Técnico de Administración General) que asumiría tales tareas con evidente mucho mejor criterio ortodoxo de este quien escribe – que simplemente mandaba los documentos ADOS, RC, etc. cumplimentados – ya en formato digital últimamente – y “dejaba” que la “maquinaria funcionarial” cumpliera su siempre esperado curso – y si en algún momento se atascaba, una llamada de tlfno o mejor, una visita al departamento – con un: ” ¿qué ha “pasao”?” -bastaba para saber la circunstancia y si fuere preciso rectificar un error o señalar el obstáculo o embudo a la Jefe de Servicio o al Vice, para que se resolviese  – sin duda el TAG que se adscribiera muy posteriormente, puso “todo en orden de manera más ortodoxa que se pudiera concebir” – “Administrativamente hablando” - y habilitara lo que fuere preciso en excelente tarea, pues pasado un tiempo, siguiera su carrera funcionarial en otras responsabilidades que le requerirían (tal vez sea poco conocida la capacidad de los Técnicos en Administración General, Municipales, de “valer tanto para un roto como para un descosido”, y ya, en un artículo de este blog, ya hace unos años por cuestiones Asociativas del Baile, señalara que son de los mejores especialistas, en su rama, que dispone nuestra ciudad y a su vez “grandes desconocidos” que hacen funcionar todos los aspectos que aborda un ayuntamiento de estas dimensiones como el de nuestra ciudad (por lo general se jubilan siendo desconocidos de los ciudadanos y repuestos, sin que nada pareciera ocurrir; y así debe de ser y seguirá siendo

Nota: Ahora que al recordar por esta circunstancia concreta del referido artículo de Heraldo de Aragón, “vengo a caer en esa cuenta” de ese motivo descrito, por el que probablemente, “nadie” quisiera asumir en su día tal gestión de Costas en Contra (y a Favor) (o la Partida de Asesoría y Defensa Legal del Personal Municipal), como responsabilidad o cometido propio, aunque sí, evidentemente, puntual. Sería de entender o imaginar, que en algún caso pudiera entenderse que un juez o Magistrado cansado de requerimientos para que una Administración pague sus Costas en Contra, llevara a ejecutar dicha amenaza contra el funcionario que gestionara, entre otras tareas, dicha partida, a fin de tomarle declaración y explicara (y el juez se “enterarse”) de lo que realmente aconteciera en una Administración Local, como la de esta ciudad, (y la compartimentación de las actividades administrativas, al punto, de dejar tan desangelada, durante tanto tiempo, una partida presupuestaria como la citada. Pero fuera un suponer más que una realidad, ya que el diálogo entre las Administraciones de alguna manera existiera, y en consecuencia, “todos supieran” lo que realmente pasara, sin nadie poner remedio – a fin de cuentas sobre quien cayera la responsabilidad fuera una Jefe de Servicio que no fuera del agrado de unos, y tal vez tampoco “del todo” de los“otros” – y por ello nadie lo remediara hasta que al fin sí lo hicieran, quién pudiera saber quién hace cambir de opinión y mejora la Admnistración Local?.

Fuera el propio Esteban Pendas, quien en su día, en las primeras veces que le atendiera (con ocasión de asumir esa tarea de gestionar Partidas Presupuestarias como la de Costas en contra y a favor, y la mencionada de Asesoría y Defensa Legal del Personal Municipal), quien me dijera el tiempo en que tardaban a cobrar del ayuntamiento, dejándome perplejo (¿sería posible?) (con los años recuperé contacto puntual con amigos conocidos en la pubertad/juventud, que estaban casados y que teniendo una empresa de construcción, y trabajando para el ayuntamiento, en ocasiones, me dijeran que los impagos de la Administración local “derribaran” su empresa de construcción).

Constaté los motivos de tales retrasos – aquí señalados – y fuera precisamente Esteban Pendas quien viendo el “pronto pago” me felicitara por mi tarea – También me felicitara la "Librería General" a la que comprábamos libros y también me preocupara, como en todas las partidas que llevababa, que se tramitaran con prontitud, lo que les llevara a decirme un día - que fuera a realizar un pedido de mi Jefa de Servicio - que subiera a la planta superior donde se hallaban las oficinas y me dijera un señor: "Sepa que por Vd. los fncionarios municipales tendrán en esta librería un descuento de 5% en cada compra" - creo que dijo el 5% o tal vez fuera le 10%, entendí que lo único que hiciera fuera que cobraran en un tiempo razonable, como los letrados o los pagos de Costas - unos años más tarde el Club Social anunciaría que los funcionarios municipales tenían un descuento del 5% en la Librería General (¿?) - 

(creo que nadie más lo hiciera (me enteré que mi jefa sí intentara que me valoraran – pero con comentarios que yo desconociera  que realizaba, hasta mucho más tiempo después -, sin embargo, tan pronto me llegaba un comentario relevante de valoración positiva, como al tiempo me tiraran por el suelo, siendo a su vez este proceder un “circulo vicioso” -“cosas” de la Administración Pública que parece afectar a todo funcionario público, incluso de cualquier nivel que se mire, por lo que no hay queja por ello).

En cualquier caso, los recuerdos me desvían del objetivo de este artículo, y tal vez estos comentarios anejos “aburran” al potencial lector. 

Al caso:

El argumento del Letrado Esteban Pendas (según describe o entendo del “Heraldo de Aragón”) parece bien traído, pero “chocará en hueso”, sin duda, pues si bien se aludiera a informe en que la demandante no presentara signos propios para tenerla que retener y menos sujetar mecánicamente, por otro lado resultara que el juez señala (y adelanta) la circunstancia de intento de suicidio…

La perspectiva de la función de la Psiquiatría vive una dilatada etapa de “conceptos restrictivos, que en ocasiones se muestran recurrentemente extremos” a los que los jueces y juzgados se adhieren, aunque gravemente perjudiquen a los pacientes de estos ámbitos (como por sí mismo “muestra” la paciente - como “daño moral y tal vez se sintiera “vejada” en sus sentimientos más profundos” - al decidir llevar a juicio a los médicos). Lo que dijera “el sentido común” – de poseerse como tal sentido común como norte en toda actividad de la sociedad – sería que: Un problema transitorio, breve y posiblemente “del momento” le llevara a esta mujer de 31 años a tomarse esas pastillas, cuestión que bien manejada podría encauzarse adecuada y positivamente para su mejor solución – sin embargo, precísamente, el ámbito de la psiquiatría no suele ser el más idóneo, por el contrario, este tipo de medidas de las que disponen y que legalmente les hemos otorgado, pueden llevarse a extremos ofensivos para un paciente, porque simplemente aplican un protocolo sin tener en cuenta la singularidad de cada persona, y como tal protocolo se aplica “y punto”, además suele ser extraño que un médico sea quien proceda a realizar la misma inmovilización – ello resulta sorprendente según el relato de la noticia en el Heraldo de Aragón, pues son procedimientos que asumen personal especializado, muy especializado, y con adiestramiento concreto y experiencia, por lo que un médico no sería la persona adecuada, ni siquiera idónea, para tal tarea – siempre que se entendiera bien lo que expresa la noticia, como el momento en que se considera que la paciente agrediera voluntariamente o con intención de hacer daño a la médico que pretendiera proceder a inmovilizarla – situación totalmente anómala y muy cuestionable que sucediera tal como se interpreta esa noticia (sería realmente muy inadecuado y extraño, que un médico, o una médico, se rebajara a realizar tal tarea” a no ser que quisiera “enviar” al paciente “un mensaje adicional”, probablemente de “castigo” o de obligarle a “sumisión”, cuestiones que también son propias, en ocasiones ,del mundo de la psiquiatría).

(excesos de esta naturaleza se podrían hallar en la prensa, y en este blog; algunos se reprodujeran en su día, precisamente al procederse a inmovilizar personas, que siendo por negligencia médica o por dejadez inaceptable, murieran atadas a una cama: una de ellas por mal diagnóstico que le llevó a estar atada varios días y muriera en plena desolación – que el abogado de tal hospital abordaría la defensa de la médica psiquiatra como “muerte súbita” (hay que tener narices para tal argumento; no le seguí la pista, pero igual le saliera bien ya que la “muerte súbita" se emplea para casi todo que no se explican los propios médicos: la negligencia la cometiera una médico psiquiatra y se confía en que otro médico, con un criterio como el que expone el abogado defensor, “la salve”) y un joven occidental moriría de la misma manera atado a una cama en un hospital de Japón después de varias semanas inmovilizado. Y nadie se rasga las vestiduras, para nada).  

Diga lo que se diga en el informe médico al respecto sobre su salud mental – y aunque no presentara trastorno alguno, como señala el letradocuestión que desde este momento ya será dudosa - o en camino de serlo de una manera u otra - pues en alguna medida y disponiéndose de los recursos argumentarios que en la actualidad se dispone en el ámbito psiquiátrico, (y que "se comunican" desde los ámbitos psiquiatricos de paises tan lejanos como EEUU, mediante revistas y encuentros, donde la industria farmacéutica invierte en argumentarios médicos que sirvan para fortalecer sus propios intereses) - sin duda, alguno, acabarán imputándole algún tratamiento o etiqueta en forma de diagnóstico , que se adapte la clienta a lo que parece contrademanda de los médicos sobre su propia paciente por negarle a darle el alta voluntaria y atarla a la cama 14 horas y esta acusarle de “detención ilegal” – algo que parece excesivo - pero que seguro se argumentara convenientemente por los letrados que contrademandan a la paciente, y el juzgado, en razones de seguridad y prevención (que seguro será uno de los argumentario médicos que se traslade al juzgado), muy probablemente aceptará (la clienta pudiera acabar teniendo que pedir “clemencia y suplicando perdón” (y tal vez le propongan además, como pacto,  someterse a tratamiento “paternal” para demostrar la buena voluntad médicoterapéutica (que fuera lo que seguramente el juez tuviera en mente en la declaracion a "Heraldo de Aragón" y dejar “en nada”o casi nada,salvo costas, todo).

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Una vez se entra en tal ámbito de la psiquiatría, las personas se pueden dar por “jodidas” – ante el despliegue de posibilidades que le otorga la legislación actual y que son refrendadas en los juzgados por muy “contrasentido común” que se pudiera alegar en ocasiones – incluso, aunque un represéntate del “sentido común” - que aún se hallaran en la “psicología terapéutica” - probablemente remitiría todo el problema planteado (incluyendo el enconamiento psiquiátrico por inmovilizarla) a las circunstancias previas, que llevaran a la persona a tal ingesta de pastillas, para desde ahí resolver y normalizar la circunstancia de esta persona; siendo de esa manera, posible, que la situación mejore, se sobrelleve y se vuelva a una normalidad que permitiera incluso olvidar tal episodio (pero cayó "en mal lugar", y probablemente lo que le acontezca sea diferente)

Al caer la persona en el ámbito psiquiátrico (y generar un ingreso) la perspectiva con que se contempla el “incidente” cambia drásticamente, y se orienta hacia una cuestión de “seguridad” (tanto “para la persona como para su entornoy este concepto es de mucho calado en el ámbito judicial) y se procede a buscar un diagnóstico “que se adapte” para iniciar un seguimiento que probablemente será de por vida y con amenazas de ingresos forzosos si pone objeción o resistencia al criterio psiquiátrico.

Es cómo funcionaría el mundo de la actual psiquiatría en razones de “seguridad” (que precisamente es la referencia que hace el juez para ya delimitar el ámbito de lo que será su decisión, y que se barrunta adversa en la reseña de la prensa; motivo, probablemente,  de que Heraldo de Aragón se haga eco de tal noticia).

Si nos atenemos, por ejemplo, a que las personas en distintas etapas de sus vidas se “salvan” por las redes de amistades de confianza – por lo general en ocasiones basta con una sola persona concreta y de confianza, con quienes se comprenden las situaciones y  son apoyo y acompañamiento, para superar adversidades o decepciones; cuestión común para la mayoría de las personas.

– por ejemplo en una primera etapa de pubertad hasta la primera juventud donde se van definiendo los roles sociales, las compatibilidades de sensibilidad y/o caracteres, creando redes de amigos que “acompañan” la experiencia de vivir y que vemos como se rompen al fallar el trabajo, no tener ingresos y no poder realizar un proyecto vital propio, e incluso traumas ocultados o tapados que precisan expresarse en entornos de seguridad y compresión.  O ya en la vejez, cuando la mayoría de los soportes de “red social de apoyo” han ido falleciendo y quedan solas ante tales eventualidades emocionales, o incluso ante una pérdida o tragedia familiar donde existe una desestructuración familiar o de soporte de red afectiva de confianza, que normaliza prestando apoyo, todo lo que resulta un desengaño particular o social. Se entra entonces en riesgo de caer en tales manos de tal visión psiquiátrica que, por lo general, según las circunstancias, pero por lo general, tienden a hundir más o definitivamente la vida de una persona, pues se le ha estigmatizado socialmente ( y ello será parte del peaje a sobrellevar); una losa que ningún psiquiatra estaría dispuesto a sobrellevar para sí (también de ello hubiera constancia). Y sin duda, haciéndoles dependientes casi a perpetuidad de una medicación o seguimiento que debiera ser de apoyo a una psicoterapéutica, (que antes realizaran como tal papel psicoterapéutico, la red social de amistades de confianza - pues suele bastar con verbalzar y ser escuchado y sinceramente comprendido) o en el peor de los casos, por discriminaciones arbitrarias, cuando se estigmatizan personas, se perdieran las redes sociales que parecieran de confianza y soporte emocional, pero que fuera evidente que no lo fueran de apoyo real y sincero; y por ello sucenden cosas como estas y desengaños como estos o traiciones como estas que llevan a tal impulso desafortunado, que ni psiquiatras, ni juez, van a dejar pasar por desapercibido, como quisiera la cliente y paciente.

Puede parecer algo lejano y ajeno a cualquier lector, pero si lo meditan bien y miraran a su alrededor con cierto detenimiento,  son circunstancias de las que nadie estuviera libre de padecer en algún momento o etapa de su vida.

Por ejemplo veamos el siguiente enlace de vídeo:

https://www.facebook.com/share/v/5qsHturQN4rQvkej/ 

Vemos que cualquier persona, en un momento dado, puede desestabilizarnos (mucho más si es una persona cercana y de nuestra propia familia). La psicóloga así lo refleja en esta charla, pues puede llevarnos a la desesperación en un momento dado.

Este video, (con el que pudiéramos estar muy conformes en los rasgos descriptivos de personas tóxicas) resulta muy relevante, por la perspectiva actual de la Psiquiatría, actuaría al respecto y por lo general, de manera muy errónea (u ofensiva) al afrontar la evidencia de una situación de crisis.

Cabría señalar, que el mundo de la Psiquiatría es el que precisamente extiende los prejuicios sociales y estigmatización de pacientes, aunque formalmente “diga” combatirlos. En absoluto, se constatara ello y menos en estos tiempos.

Por ejemplo, para determinar el origen de un problema, supongamos que el de esta persona de 31 años de edad que tiene una discrepancia grave con la psiquiatra hasta el punto de iniciar un pleito (que de no poner remedio, fuera a perder, según expresa el criterio del juez en la prensa). El ámbito psiquiátrico hubiera iniciado el argumento de "proteger" a la propia persona y tal argumento cala en los jueces de manera decisiva. Y también el ámbito de la psiquiatria es extremadamente permeable al discurso familiar respecto de la persona afectada en un momento dado (por lo que dependiendose de lo que dijera alguien cercano llevando el susto encima, y por lo que llega en sus informes incluso a señalar antecedentes o circunstancias que en ocasiones son falsas de ello se tiene este particular  prueba clara y rotunda); pero de poco sirviera desmentirlas una vez se establece una dinámica de "protección" forzada con o sin diagnóstico o en esa tarea se estuviera el psiquiatra, o la psiquiatría, (pues cualqiera que conozca al perfil de psiquiatra, cuando "se ponen a buscar," nadie se halla sano, mas que ellos mismos) además suelen formularse varios diagnósticos diferentes (y tampoco parece ello importar nada a nadie, a pesar de considerarse así mismos médicos y por lo tanto vinculados a la ciencia y al método científico; por lo que existen sectores científicos que han venido desacreditando sus métodos y sus conclusiones, pero a su vez, no parece habilitarse por la sociedad, modelo alternativo, a no ser que la sensibilidad de un psiquiatra concreto cambie 180º respecto de un paciente y concluya por ser permeable y apoyarle hasta sacarlo a flote, cuestión que tan pocas veces se diera que parece improbable).

Es de señalar que una persona se “saca de quicio” porque hay alguien en su entorno capaz de hacerlo y por lo general muy cercano, ante el cual, la persona “carece de defensas psicológicas” o “estrategias de psicológicas defensa” – que sean aceptadas por el toxico acosador - pues existen personajes tóxicos realmente hábiles a la hora de acosar a quienes consideran “accesibles” a sus acosos, que por otro lado son muy difíciles de demostrar ante los ámbitos judiciales por su naturaleza sutil, con la que “todo el mundo hubiera venido lidiando alguna vez en su vida" y hubiera sabido o manejarse o mantener a distancia o usar de terceros para ponerles límites a tales personajes tóxicos.

Es decir, desde el ámbito psiquiátrico, el relato que prevalece, en razones de “seguridad” – dada la actual trayectoria de la psiquiatría en todo el mundo, como anticipación de “posibles daños contra sí o contra terceros” - cuestión dudosa de prever con certeza plena, pero que por el contrario, un diagnóstico psiquiátrico hace posible y plenamente viable para un juez (aunque el índice de delitos sea prácticamente idéntico en personas diagnosticadas con un trastorno mental y el resto de la sociedad no diagnosticada).  Es decir, las probabilidades de delito o agresión son las mismas. Pero sin embargo, se penaliza en plenitud de 100% de posibilidades si es argumentada por un psiquiatra – y por ello los informes médicos son relevantes y por ello, sabiéndolo el mundo de la psiquiatría, los redactara en ocasiones en términos parecidos a un informe policial (siendo ello una novedad inesperada - que algunos psiquiatras usan desde hace relativamente ,pocos años y que seguro hubiera sido imitado de otros en el extranjero que tuvieran tal iniciativa con éxito - que esperemos pronto pase de moda o se prohíba en algún momento por ser realmente inapropiado e incluso ofensivo en la profesión médica – y, en ello, sí existe intención, porque los psiquiatras, aunque no sean especialistas en psicología, indudablemente la usan para sus propios intereses cuando estos son de grupo profesional para adquirir o poder usar herramientas o privilegios legales frente a pacientes que se muestran reticentes).   

Es decir, se acepta el relato familiar cuando fuere sabido que suele ser el mismo ámbito familiar el que por algún tipo de negligencia o toxicidad fuera el que estableciera la vulnerabilidad en una persona hasta el punto de instaurarle un diagnóstico y etiqueta psiquiátrica. O dicho de otro modo, el ámbito mal-tratador (o tóxico) tendría la iniciativa de veracidad ante el entorno psiquiátrico respecto al paciente. Por lo que realizar psicoterapia con psiquiatras puede representar un riesgo para un paciente, porque la tendencia generalizada es “traicionar” al paciente en caso de duda del psiquiatra – es decir, "traición institucional" (ver wikipedia en inglés) aceptada socialmente por el mundo judicial en razones de supuesta seguridad - por lo que los pacientes entran en un ámbito que más parece un laberinto en el cual “NUNCA TIENEN RAZÓN”  o difícilmente se la dan. En ocasiones basta la llamada de un familiar cercano de los que amargan la vida del paciente para que se desencadene un ingreso bajo pretextos falseados que, a su vez, sacan de quicio a la persona afectada, dando así credibilidad al relato de los personajes tóxicos, con lo cual, la pérdida de la libertad, sin verdadero motivo, es vivida como una experiencia real, porque es real, y a su vez es una infracción que mina la moral y la salud de las personas cuando ello se produce de manera reiterada y gratuita.

Otra cuestión a tener en cuenta del mundo de la psiquiatría (de su inercia adversa en estos momentos) es que en realidad “no le importan las causas reales que motivan el ingreso de una persona” – en absoluto;

de ahí “el descuido” y la negligencia con que los psiquiatras pueden confeccionar sus informes de motivos de ingreso basados “en relatos” de familiares que nunca contrastan y a su vez, dan lugar a antecedentes deformados, en un proceso de términos que acaban recordando a la terminología policial (motivo de la detención, antecedentes…) similar o parecida (que en el caso de algunos profesionales, sus redacciones sobre pacientes, llegan a ser casi idéntica a fichas policiales: “conocido, ingresado reiteradamente”, aunque en realidad solo hubiera estado dos veces ingresada una persona, ya se facultan para señalarle como “conocido” - como si quien relatara la circunstancia fuera un agente policial; pues los psiquiatras “saben” que las personas, si son llevadas a la desesperación, aunque sean pacientes, acabarán en algún momento delante de un juez por la razón que fuere, y relatar de tal manera los informes daría cierto “prestigio” profesional ante un juez que viera que, tal médico, anticipara una situación – la naturaleza de cualquier juez de bien, sería, sin duda, la de evitar el delito en vez de tenerlo que castigarlo. Por lo que un profesional de la psiquiatría que así actuara con un paciente, siempre se “sentiría” cubierto ante cualquier incidencia, aunque esta nunca llegue a darse (pero si se diera, aparecería ante el juez como un profesional muy digno de consideración) y de hecho son sumisos a todas sus decisiones e incluso llegan a justificar, en algún auto, errores de bulto de psiquiatras - que dan a entender “abusos” e “intimidaciones a pacientes concretos, o sobre un paciente, - que en absoluto los jueces de esta ciudad van a escudriñar o investigar cómo se debiera, en su caso, en razón del convenio de Nueva York firmado y ratificado por España, respecto de los derechos iguales de estas personas que pudieran tener un diagnóstico de naturaleza psiquiátrica (en absoluto  para nada y de ello se tendría bochornosa prueba relativamente reciente y procedente del mismo Hospital Royo Villanova, solo por casualidad).

Para más desgracia de una persona que cayera en estos ámbitos (cada vez más “seguros”) como se indicaba, al no “mirar” al origen real del motivo del padecimiento, la percepción psiquiátrica se tiende a objetivizar de manera adversa, pues determina “con fallo” el origen del problema, le pone un nombre que tiende a arruinar la vida de la persona, y cada ingreso se observa como un “retroceso” en vez de observarlo como un fallo, propio, de un mal método.  Por lo que si el paciente carece de red de apoyo, el pronóstico que realizan tiende a ser cada vez más adverso ante la desesperación del propio paciente que viera como las circunstancias adversas y tóxicas del entorno inmediato, se reinician, una y otra vez, en actitudes de acoso por cualquier discrepancia, de las cuales el mundo de la psiquiatría pasaría olímpicamente, por lo cual el mundo de los juzgados hiciera lo mismo.

Es decir, la psicoterapia del ámbito psiquiátrico no suele funcionar si no hubiera soporte honesto y afecto sincero que brinde apoyo al paciente.

De servir este texto para ganarse un caso como el señalado por la prensa (que no dejaría de ser un gran logro profesional y a su vez un riesgo si la cliente no pone medios para superar ahora, tres traumas: el inicial, el del disgusto de conocer cómo se las gastan los psiquiatras y el tener que enfrentarse a un juicio que ya se barruta perdido) la persona así bien defendida y librada de la contra-demanda, debiera asegurarse de tener una buena red de apoyo social, o por el contrario, si tal ambiente cercano tuviera dudas sobre su derecho real a defenderse de un abuso – que pudiera ser claro y expreso – debiera prevenirse, en cualquier caso, buscando apoyos firmes y sólidos o bien un psicoterapeuta que parta desde la versión de la propia persona para iniciar un trayecto de toma de consciencia de la causa que le llevara a tal iniciativa de tomar tantas pastillas y asegurarse de que tal camino diera resultados para superar no solo el episodio de las pastillas sino también la “dosis” de realidad psiquiátrica que también se le viniera encima y que ahora amenaza, en un jugado, su libertad personal, según se asegura el criterio del juez en el “Heraldo de Aragón”.

En caso de que el letrado esté absolutamente confiando en que fuere un abuso inaceptable la de su defendida, lleve la causa, si la persona tuviera recursos y apoyos morales, hasta donde fuere preciso e incluso más allá, pues es de prever que a ciertos niveles jurisdiccionales, algunos métodos psiquiátricos seguirían observándose de manera abusiva, pero sobre todo porque de ser condenada la persona sin poder optar  a recursos el daño que hiciera la psiquiatría a esta persona seria doble y triple: No entra en el fondo y causa que motiva la tentativa de pastillas; prolonga, al parecer, innecesariamente el ingreso – cuestión de la cual también se posee documento similar y del propio Hospital,  en un acto de observación que suelen durar una semana y lo extendieran tres – siendo que además ordenan inmovilización que según se acredite por los médicos, pudiera interpretarse como “castigo” destinado a la sumisión (se comentara un caso de una chica, que teniendo una crisis, diera un golpe a un celador, y días más tarde en planta, ingresada, la vieran los familiares con un ojo morado y les narrara que el celador le diera un puñetazo, en venganza por el golpe recibido durante el ingreso (es que tenemos de todo en este país a poco que mires). Y por último, los médicos responden a la demanda de la paciente - (que obviamente no sabe "qué es entrar en una planta de psiquiatría en cualquier parte del mundo") por sentirse humillada, o vejada hasta el punto de considerar la inmovilización mecánica un acto de detención ilegal (o secuestro) – con una contra demanda para meterla en la cárcel – todo un ejemplo de Juramento Hipocrático que al parecer avalara el juez (la etiqueta parece tenerla servida tal cliente) pues parece ser lo que se buscaría – un cliente más para un ámbito de farmacéuticas que en la vertiente de la psiquiatría tiene uno de los mayores negocios (la medicación es positiva y necesaria como acompañante para una psicoterapia honesta y sincera, que dada la experiencia que se pudiera demostrar en este blog, no fuera el mundo de la psiquiatría el lugar más idóneo donde se expresara honestamente el juramento hipocrático).  

Tal vez me halle equivocado, pero si de alguna chiripa sirviera este artículo, se debiera asegurar en todo momento, que la clienta recibe el apoyo psicoterapéutico (o familiar o de pareja) que le permita no sólo superar la situación inicial, sino las derivadas en las que se hallara en este momento. Y una cuestión a no perder de vista: Lo importante es ella, por encima de todo y de todos, incluidos los hábitos corporativos que suelen ser también frecuentes (tanto en médicos como en ámbitos judiciales).

 Suerte.

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