Miguel Ángel Ibáñez Gómez - maiges_ps@hotmail.com

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domingo, 29 de octubre de 2023

Las leyes se pueden configurar como aplicaciones algorítmicas en sistemas informatizados (configurando el TODO de la legalidad).

 Las leyes se pueden configurar como aplicaciones algorítmicas en sistemas informatizados (configurando el TODO de la legalidad). 

El arbitrio de interpretaciones que se realizan en la promulgación de normas y leyes, y su posterior aplicación, se concebiría desde la jerarquización que existen entre distintas normas y aquello que se considera “bien esencial o prioritario a proteger”

 https://cateyes-loaparenteyloreal.blogspot.com/2021/10/la-ley-y-en-general-las-leyes-se-deben.html

Así mismo, sabemos que los afectos sinceros y positivos “salvan” a las personas (constantemente) nos salvan o han salvado a cada uno de nosotros en un momento dado de nuestras vidas; pero sabemos también que hubiera multitud de personas dispuestas a prevalerse de su posición social o de pre-valimiento personal sobre otras y hacerles realmente daño (como quien así se vengara de su propia existencia) https://cateyes-loaparenteyloreal.blogspot.com/2022/01/intentemos-apoyar-victor-miguel.html en lo que parece la expresión de “un desengaño” respecto de la existencia (tal y como lo expresara Nietzsche) y optarían a su vez, por la teatralización de su existencia (como también reflejara Nietzsche, en su percepción del engaño vital que experimentara). 

Las leyes (por ejemplo el Procedimiento Administrativo) que  pudiera entenderse como referente marco con el que funcionaría toda actividad de la Administración del Estado en general) podrían entenderse y reducirse en su comprensión a esquemas algorítmicos propios del lenguaje informático.

En este sentido, cabría realizar una jerarquización sistematizada de las normas que regulan nuestro Estado, siendo la norma que se hallara en su cúspide la Constitución de 1978 – señalando así el marco de aplicación del resto de las normas en razón de los principios y valores que sostiene la misma – y a partir de ahí las normas que delimitan la actividad de nuestra Administración del Estado (que implica la regulación de la actividad del propio Estado en todas sus ramas y las actividades que dentro del propio Estado se realizaran tanto por el Estado como por sus ciudadanos (actividad puramente administrativa, actividad jurídica – en todas sus ramas – Código Civil, Códigos que regulan el Comercio, Códigos Penales, Actividad de Enseñanza, Actividad de las Universidades, Leyes Sanitarias, Leyes de Servicios Sociales, Leyes sobre las Fuerzas Armadas, Leyes sobre Fuerzas de Seguridad del Estado, Leyes de Urbanismo, Leyes sobre Comercio, Sobre actividades profesionales, Leyes sobre la actividad laboral…etc. con todos los reglamentos y normas que las regulan en cada ámbito… ) y que por lo tanto afectan, no solo a sus ciudadanos, sino a su vez, regulan toda la actividad que pueda realizarse dentro del propio Estado.

A partir de ahí, se puede realizar toda una red algorítmica destinada a configurar un sistema informatizado de libre acceso público, configurada de forma muy intuitiva – por lo tanto muy alejado de los sistemas de información que son configurados en razones de poseer conocimientos previos y técnicos impropios de la inmensa mayoría de los ciudadanos - donde se establecieran las relaciones y vinculaciones (jerárquicas) de toda norma existente en España y el condicionamiento de su uso según la propia Constitución estableciera en razón de los principios y valores que sostiene (e incluso establecer las  ramificaciones en situaciones de excepcionalidad que la propia Constitución reconoce) para desde ahí conocer, cómo en la práctica, se estuvieran aplicando “de facto”, en lo cotidianos de las relaciones personales con la Administración Pública del Estado y entre las relaciones privadas de los ciudadanos entre sí y si realmente se respetan cotidianamente tales principios y valores dentro de nuestro Estado (relaciones de toda naturaleza que fueran propias de la actividad de las personas). A su vez, una vez ello, vincular toda dicha red algorítmica con los tratados internacionales que ha suscrito España como Estado y si tales tratados se hallarían ya en los principios y valores de nuestra Constitución y qué implicaciones comportarían (y se pudieran verificar) en los distintos ámbitos  que dichos tratados o convenios internacionales afectara en nuestro ordenamiento jurídico. Y como colofón, reflejar las ramificaciones que afectaran a todo nuestro ordenamiento jurídico en razón de pertenecer a la Unión Europea.

Desde esta perspectiva se podría observar si es posible el funcionamiento de un Estado bajo tales principios; si realmente fuera una utopía inalcanzable un sistema democrático y los motivos que subyacerían para que tal circunstancia, de verificarse, se pudieran analizar por el mayor conjunto de ciudadanos posible.

Así mismo, también se pudiera obtener información sobre hasta qué punto este país respetaría o no sus propios principios y valores constitucionales, e incluso si sus representantes políticos (o en cualquier otro ámbito) los respetaran o no, y en qué supuestos o razones no contemplarían respetarlos (teniendo que acceder a hipótesis que argumentaran tales excepcionalidades que fuera conocidas pero no reconocidas) y obtener así una más clara visión de nuestro propio Estado y un verdadero parámetro más realista de aquello que llaman calidad democrática (actual criterio de evaluación, obre la "corrupción", basado en la percepción de los ciudadanos, y que desde este nuevo método se obtendría una complemento más objetivo).

El post publicado ayer: ¿Porqué pretendiera la progenitora, nuevamente, llevar al hijo a Catalunya?: Porque allí el relato de la progenitora  triunfó. Ver: https://cateyes-loaparenteyloreal.blogspot.com/2023/10/porque-pretendiera-la-progenitora.html no tiene ningún clic en España, aunque si en el resto de Europa, Norteamérica. Cabe preguntarse si hubiera censura selectiva en mi propio país ante el grave asunto de “denuncia”, sobre la situación de este hijo.  

Nota: (Quien se "asusta" del aspecto de una buena persona, y hasta donde es llevada por el maltrato, será porque tuviera mala conciencia o sólo fuera teatro?)

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