Miguel Ángel Ibáñez Gómez - maiges_ps@hotmail.com

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lunes, 1 de enero de 2024

¿Democracias "haciendo aguas"? - (tal vez nunca fueron democracias).

  

¿Democracias "haciendo aguas"? - (tal vez nunca fueron democracias).
El comienzo de la "Democracia" no fue sencillo, pero que personas "interpretaran" que la democracia eran "ellos" y "solo ellos" podían "interpretarla" nos habría llevando por un camino donde lo práctico y útil estuvo por encima de principios y valores. Permitiría que el lenguaje de "lo politicamente correcto" sustituyera a la "realidad" y las "apariencias" ganarían terreno a los "principios" haciendo posible una Democracia"inesperada" (y sectaria) que realmente, tal vez nunca fuera democracia. No distinguieron a los oportunistas y los prejuicios y el daño subsistieron (y subsisten). A las víctimas de estos nuevos "oportunistas" no se les creyó. Lo práctico se convirtió en lo útil y las soluciones "fáciles" sustituirían al "sentido común". 
La Democracia parecería una lucha entre "élites" y "grupos" (y los ciudadanos sus "rehenes") el ejemplo cundiría, lo imitarían parte de los ciudadanos (sería la manera de medrar u obtener significado). La realidad y la "verdad" no importarían (se pervirtieron y pervertirían al pueblo; ahora (tal vez como siempre) los "buenos" son los primeros que caen, en cuanto "se les ve venir"). Las violencias (en todas sus formas más sutiles o burdas) son parte inseparable de nuestras democracias (y nadie se "para" a meditar donde estaría la "verdad"). En cuanto la democracia se concibiera como lucha y guerra, la "verdad"  iría siendo su primera víctima allá por donde se mirara (la verdad quedaría en manos de l@s oportunistas de turno). 

Este escrito fue anticipado al ámbito político, en razones obvias de lealtad, hace unos días; sin embargo, se ha ampliado hacia el final con texto "a maquina" que debiera ser observado y leído con interés de analítica, en lo que señalaría de posibilidad de "fraude y/o falsificación" por parte de personas muy relevantes que asumieran un testimonio destinado a difamar al padre/madre y a perjudicar de manera extrema a un hijo; por lo que resultaría transcendente, evaluar tales comportamientos de naturaleza político-social (que recordarían a practicas "intolerables" en una democracia) para determinar los daños producidos y poner los medios para solucionarlos - señalando a los primeros "protagonistas" y su participación en tal asunto, que debieran  determinar, así, las responsabilidades de cada uno de ellos, con el fin de que asuman su parte en la reparación d e los daños que produjeron y siguen produciendo.















Como se señala, y cada vez parece haber menos dudas, cabría considerar hasta qué punto la probable influencia del señor “Bi-Ministro, Senador y Alcalde-Juez” sobre la progenitora (en conocimiento de la “causa abierta y oculta” – como si de “un juicio de honor” se tratara - contra este padre/madre, y el sólo tal testimonio de la tal, fuera suficiente prueba para “dictar sentencia” contra el padre/madre e incluso el hijo) que le produjera, a tal señora, sentirse tan “todo poderosa” como asegurar (mientras estaba aun en el Royo Villanova en convalecencia, la única víctima identificada hasta este momento de tal relación de complicidad) que chasqueando los dedos, en 5 min se presentaba un coche de alta gama para “rescatarla” de cualquier situación y llevarla a donde quisiera (julio de 2023).

O que asegurara que la correspondencia de la Tesorería de la Seguridad Social de su marido –separado hace 30 años - seguía llegando al domicilio de ella, y que sabía cuánto ganaba el padre madre (porque miraba por una “rendija” del sobre el contenido del mismo(¿?)) julio 2023);

En qué estuviera Vds. protegiendo a la pretendida progenitora en librarse de sentencia acusadora y/o cárcel por fotografiar al hijo de un norteafricano (en el patio del colegio) que iba o era expulsado de España, y que tuviera relación sentimental con esta señora según se dijera y que el padre/madre se enterara por un tercero, (concibiendo historia increíble)(año sin determinar, pero entorno a 2006 o antes).

En qué hubiera estado Vd. implicado sobre influir en la idea o sugerencia de la conveniencia de que este hijo  estuviera dos años en desamparo, sin-hogar por las calles de BCN (2021-2023).

En qué tiene que ver la “relación” entre Vds con que la progenitora amenazara al hijo con usar sicarios contra el padre/madre si el hijo “hablaba” (marzo de 2020) (y al poco tiempo, el padre/madre empezara a recibir llamadas y mensajes anónimos reiterados, los primeros a horas intempestivas de la madrugada, desde ese año hasta el reciente presente, con tan “mala fortuna” para estos “cómplices” que usaron móviles sin quitarles la “ubicación” y sin saber que el padre/madre tenía en su móvil “sistema de grabación de llamadas” aconsejado instalarlo por su hijo, siendo la evidencia de proceder “todas” las llamadas desde Málaga, reiteradas desde los mismos números de móviles, y ser las voces del mismo tono, acento y timbre de voz, y que uno de ellos, el más persistente, sólo mantuviera pausa prolongada en sus pretendidos “errores” de llamar intempestivamente, cuando agotada la consideración de reiterarle que se “equivocaba” por “enésima vez” sin corregir el número el “número marcado erradamente” se le preguntara con mucha amabilidad si lo que quería era “aparecer en TV” y ser preguntado al respecto por periodistas. Para más "des-gracia" de estos “colaboradores” tenían wasatp y/o Telegram, con lo cual alguno de ellos aparecía su foto o su foto familiar en dicha “presentación” de los referidos chats, concibiéndose por el padre/madre que fuera “tarea” u ocupación de estos realizar tales llamadas y a la vez sentirse en plena impunidad). Estarían Vds dos detrás de esa pretendida impunidad de estos malagueños (que incluso llegaron a intercambiarse los móviles entre conocidos o miembros de sus propias familias para realizar tales tareas - en razón de ser la misma voz y timbre e incluso pregunta que realizan al llamar) Cómo les pagarían Vds tales “servicios”; tendría que ver la actividad de la progenitora suplantando a tareas de servicios sociales?

Hasta qué punto a Vds les beneficiaría que este hijo hubiera muerto o desaparecido en ese periodo de 2 años de gravedad extrema; qué pudiera haber ido “diciendo” o “contando” a su padre/madre o escribiendo en su blog para que a Vds. les beneficiara tal desaparición o muerte de este hijo en BCN (2001-2023).

Hasta qué punto  Vd. o Vds. convinieran que la progenitora debiera organizar una visita a la Academia General Militar de ZGZ con sus aún alumnos de la Casa del Canal y les pareciera “conveniente” que pasara previamente por Cultura del Ayto de ZGZ, para que estando presente en Recepción el padre/madre, este supiera de tal visitara a la que llevaría a su vez al hijo, para trasladar presuntamente informe sobre un artículo escrito por el padre/madre en su blog sobre ETA y a su vez mostrar a este hijo ante quienes fuera que fuere en tal Academia, como esperando un VºBº sobre lo que fuera que pudiera planearse que le pasara en un futuro próximo en razón de tener un padre de tal condición de “escritor”(entre el año 2015- y 2017, no me entretengo en buscar y precisar la fecha exacta de ese momento, pero que se halla accesible y conocida por alguna persona del PSOE cercana a Vd.)

 Hasta qué punto Vd. intercedería para que “no hubiera agilidad” entre los juzgados de BCN y ZGZ para rescatar al hijo, cuando el padre/madre les remitía ubicación diaria y exacta de donde se hallara (2021-2022). Hasta qué punto Vd influiría en el “nefasto tratamiento y convalecencia) del hijo en el Royo Villanova incluida el alta médica a la tal muy inadecuada Residencia (junio-julio-agosto 2023). Hasta qué punto Vd apoyaría o colaboraría y bajo qué principio jurídico hicieran colaborar a las bibliotecas del Estado en BCN para movilizar a los Mossos y traer al hijo, bajo una “operativa” que ocultan al padre/madre – y que hubiera precisado intervención judicial y solicitud de abogado de oficio por parte del hijo, siendo que investigaciones del padre/madre señalan “ninguna solicitud a nombre de este hijo en el colegio de abogados de BCNcon lo cuál hubiéramos sabido qué pasara o pasó - y sustituyen porque el relato de que el hijo fuera voluntariamente al hospital (cuando en realidad hubiera ido muchas veces a los hospitales de BCN y ninguno le atendiera entre 2021 y 2023, incluso en octubre de 2021 acompañado por los mismos Mossos de Esquadra y no repararon en poder traerlo de vuelta a ZGZ) qué tendría que ver la relación entre Vds. con todo ello?

Qué tendría que ver Vd. - Sr. Belloch - conque la progenitora pusiera a su disposición la dirección de su domicilio para hacer gestiones a extranjeros (que son propias de servicios sociales) – y dar cobijo al tal mismo que acusaría la misma progenitora de violación y metiera en prisión para luego retirar denuncia y este saliera de la cárcel y a su vez, como se dijo antes, la tal realizara fotos de ese hijo en el patio del colegio cuando era expulsado del país tal norteafricano, como le dijeran al padre/madre.

Qué tendría que ver Vd. con que la progenitora extendiera el rumor de una acusación contra el padre/madre sobre fondos (pretendidamente de la Casa del Canal – conocido por, el padre/madre en julio de 2023) que probablemente se hallaran en la cuenta de la CAI a nombre de la tal progenitora, y esta pudiera haber malversado, para sugerirle a la tal que realizara sospecha sobre el padre/madre de intentar sacar dinero de su libreta o pedir un crédito haciéndose pasar (¿?) por la progenitora y así “salir bien librada”.

En qué tuviera Vd. que ver con extender o “respaldar “rumores” sobre este padre/madre sobre “manifiestas y comprobables” argumentaciones, al parecer extendidas por la señalada “progenitora” sobre una “pretendida” vida y moral de ese padre/madre “plagada” de perversiones sexuales cotidianas (al parecer contra la infancia o incluso su propia prole) sabiéndose que a ello se le llama pederastia que Vd. ni la mencionada progenitora denunciaran como grave delito (intolerable de mantener oculto a los “ojos” de la ley y la Justicia) a pesar de extenderse, tal argumento, por el entorno laboral y social de dicho padre/madre, que incluiría el ambiente laboral del padre/madre en la Casa Consistorial, (donde se hallaba destinado en el Área de Alcaldía) en la Secretaría General del Pleno y Servicios Jurídicos, (dependiente de la misma Área y luego llamado Serv. de Asuntos Judiciales), y siendo que ya estuviera Vd. destinado en esta ciudad de Zaragoza y en ese mismo ayuntamiento de Zaragoza como Portavoz del Grupo Municipal Socialista en el Ayuntamiento de Zaragoza (desde el 4 de julio de 1999-14 de junio de 2003 y luego Alcalde  en  las elecciones municipales desde  Junio de 2003 hasta 2015, como señala wikipedia, entre otros cargos que le vincularían con esta ciudad desde 3 de marzo de 1996 aún siendo todavía Ministro de Justicia e Interior que prolongaría dos meses más hasta junio de 1996 – como Diputado en las Cortes Generales por Zaragoza, cuyo cargo sería reforzado con el de Senador en las Cortes Generales por Zaragoza, renovado desde 13 de diciembre de 2011 a 26 de octubre de 2015, adquiridos aún ostentando el cargo de Ministro de Justicia de España
Notario mayor del Reino
 14 de julio de 1993 a 6 de mayo de 1994 y desde esa fecha hasta 6 de mayo de 1996 Ministro de Justicia sumando al de Interior de España Notario mayor del Reino - vinculándose pretendidamente con la mencionada progenitora  y esta ciudad de Zaragoza, no solo en cargos políticos de alta relevancia hasta 2015, sino prolongando la misma vinculación profesional como Magistrado de la Audiencia Provincial de Zaragoza desde el 16 de abril de 2015 al 3 de febrero de 2022, para luego realizar las declaraciones mencionadas a la Agencia EFE, volviendo a entrar en la palestra política.

Y mirando y observando con detenimiento las fechas ahora expresadas sobre Vd. Sr. Belloch, qué tuviera Vd. que ver con las pretendidas pretensiones de la progenitora al respecto de los trabajos realizados por el padre/madre y enunciados y trasladados en este mismo blog, al respecto de Medio Ambiente y la Norma Básica sobre Bienes  de Consumo (repartidas por las secciones sindicales del ayuntamiento de Zaragoza y entre los Grupos Municipales del mismo Ayuntamiento desde la fecha inicial de 1999  y 1993, y su posterior Registro como propiedad Intelectual del padre/madre en el Registro de la Diputación General de Aragón en 1994 y a su vez, la aparición de algunas ideas fuerza señaladas en esos trabajos del padre/madre, siendo mostradas en la Expo 2008 como propias del “equipo de trabajo” que , no solo presenta tal proyecto en el año 2000, siguiendo el criterio del PP para presentar la candidatura de esta ciudad de Zaragoza, sino más concretamente en el desarrollo del mismo, ya Vd. como Alcalde que “rentabiliza” políticamente tal Expo, hasta el punto de, ahora en las pasadas elecciones, “recordar a todo el grupo municipal que tal Expo fuera “obra suya” y en tal razón tenerle nuevamente en la línea de influencia determinantemente política en esta ciudad de Zaragoza.  (¿Merece a su juicio el sacrificio de un joven, mi hijo, para seguir alimentando su “EGO”? o es que ¿Se hallaría en compromiso inconfesable con la tal progenitora que desea “sacrificarlo a toda costa? ¿Qué viera este hijo o qué pudiera narrar que en tal circunstancia y relación entre la progenitora y Vd.? ¿llegaría Vd. a presentarse en el mismo domicilio de la progenitora o circunstancia análoga similar? 

Todo su ámbito de Vd., cuestiones judiciales, relacionadas con servicios sociales, policía, juzgados, salud mental o acusaciones “al aire”, realizadas por la progenitora y que es un ámbito o conocido o muy relacionado con la persona de Vd. en algunos aspectos relevantes. 

Sería Vd. el “elefante blanco” al que “todos temieran” enfrentarse (y por eso callaran) dando “alas” a tal señora para hacer lo que le plazca a la misma, sea contra quien fuere que fuera que quisiera hacer, estando Vd. en su respaldo. Y sobre todo, por qué ese empeño en que este hijo ni se recupere ni sane, estaría Vd. detrás de tal idea progenitora?

(no sería la primera vez que tal señora usa del nombre de una autoridad política, en mayo-abril de 2020, en plena pandemia, junto con su actual “novio” prendiera fuego a rastrojos en el terreno de san Mateo de Gállego y se presentara la Guardia Civil a interponer denuncia y primero acusara al hijo de realizar tal tarea – que nunca hiciera el hijo – y siendo que la Guardia Civil no le creyera probablemente por haber testimonio vecinal en la denuncia previa a la visita de la GC – puso de por medio al Alcalde de San Mateo del que asegurara autorización especial (y parece que bastara para que la GC no tramitara tal denuncia, pues tampoco lo fuera por ir y venir a San Mateo en plena pandemia y cambiando de residencia las veces que quisiera con su novio, y amigos de estos con excusas variadas)

En qué tiene que ver la relación entre Vds. para que el Juez que recibiera la denuncia de malos tratos del padre/madre sobre los hijos en sobreseyera el asunto junto con el fiscal sin hacer una mínima evaluación los servicios de atención a la infancia de los propios los juzgados  (2001).

En qué tuviera que ver Vds. en que tal “negligencia” o “crimen” de seguirse recibiendo castigos físicos y mortales, se siguiera cometido con impunidad contra este hijo en el domicilio de la progenitora (2001 en adelante).

En qué tuvieran Vds. ambos en común en considerar la violencia “muy conveniente” siendo que la tal progenitora practicara y siguiera practicando el Terrorismo Físico y Psicológico, en particular contra este hijo, (e intentarlo con el padre/madre, como se muestra en este escrito y blog) puesto que a Vd. le pareciera que la desaparición de ETA sólo beneficiara a unos pocos según Vd. mismo declarara a la Agencia de Noticas EFE – 2021-2022)

pues habría que recordar que su currículum señalaría que Vd. pasaría por la política en el Ministerio de Justicia e Interior y luego ambos a la vez (una vez se derrocara al Sr. Asunción), así como previamente, habiendo fundado en 1984 la Asociación Pro Derechos Humanos del País Vasco y portavoz del colectivo progresista de magistrados Jueces para la Democracia, también fuera fundador de la Asociación de Magistrados Europeos para la Democracia y las Libertades. Y fuera nombrado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) presidente de la Audiencia Provincial de Vizcaya, cargo en el que permaneció hasta 1990, en que, el 30 de octubre, fuera elegido vocal del CGPJ por el Congreso de los Diputados a propuesta del PSOE, para rematar su faena como Alcalde de esta ciudad de ZGZ para concluir su actividad en la Audiencia Provincial de Zaragoza, y que motiva tales escandalosas declaraciones con motivo de su jubilación, a la citada agencia EFE.

Sugiriendo, con claridad meridiana, que así mismo el miedo, el terror y la violencia “beneficia” y sería útil a la autoridad, como en tal agencia EFE señalara Vd. mismo, en tal misma declaración (enero de 2022); y ante el escándalo causado por sus declaraciones, la citada Agencia EFE, sustituyera la gravedad de las mismas por puntos suspensivos y se le permitiera resaltar que fuera afirmación de su propio padre de Vd. que también se dedicara a tareas de la adjudicatura; por lo que cabría preguntarse: qué tipo de influencias personales de Vd. mismo o qué tipo de “terror” causara Vd. mismo por donde pasara o fundara asociaciones o entidades de tal relevancia (que se le permitieran tales declaraciones sobre “tales conveniencias” de la existencia de la violencia extrema de ETA – e incluso se pudiera interpretar que cualquier otra forma que causara miedo, violencia o terror semejante , facilitaría la autoridad del Estado; sin abrirse causa contra Vd. por ningún fiscal o, en su defecto, investigación en el Congreso de los Diputados (ahora, que aún nos hallamos en democracia) al respecto de su trayectoria personal y motivación pública y televisada de sus propios razonamientos al respecto) que parecieran tales mismos razonamientos los que usara la tal progenitora y, a su vez, obtuviera de Vd. el mismo amparo que Vd. mismo obtuviera por sus propias influencias (tal vez hubiera de preguntarse si para ello usara a su vez la tesis de poder causar el terror “conveniente” para hacer validar tales influencias).

También cupiera señalar que muy recientemente, este hijo que “en nada” interesara la religión” – como así manifiesta – fue enviado a una Residencia (de naturaleza religiosa)  por acuerdo entre la progenitora y el equipo de Salud Mental del Hospital Royo Villanova, a través de la doctora que lo atendiera (Dra. Ortega), (con alternativa de "enclaustramiento permanente" que motiva el estrés extremo, - sumado al postraumático aún sin tratar - que la progenitora alienta constantemente. Una situación similar que la progenitora intentara en la separación previa del matrimonio, acudiendo como "víctima" a un ámbito religioso donde depués de que hablaran copn el padre/madre observaron de manera "meridiana" la estrategia de la progenitora, aconsejada por su ámbito jurídico para dar mejor cobertura y disposición del juzgado a su demanda de separación- siendo que después de hablar con tal progenitora y escuchar la versión del padre/madre, este ámbito pusiera a diosposición del padre/madre asesoríua jurídica al respecto de la evidencia planea por la tal progenitora); siendo que la progenitora declarara al padre/madre su ateísmo militante hasta el punto de negarse a que sus hijos fueran bautizados – acto que tuvo que realizar el padre/madre para sus tres hijos, en razones que la Iglesia ampara  y reconoce como “excepcionales” ya que la progenitora se negara a realizar apostasía para ella misma, como le sugiriera el padre/madre para ser consecuente con sus propios actos sobre “terceros” ya que así lo considerara para sus hijos, sin reparar los perjuicios que ello pudiera devenirles en un futuro indeterminado, como considerando que así “se vengara” la tal progenitora  de su experiencia y etapa escolar religiosa – y al parecer le volvieran a molestar al llamarle a tal hijo a ambiente religioso, al parecer por iniciativa muy reciente de la progenitora, y siendo que tal entrevista del hijo con quien fuera que fuere el ambiente religioso, le hubiera causado tal malestar que así lo manifiesta en “sus redes” (el día 30) siendo a su vez, que la citada progenitora parece ahora nombrar a Dios en cuanto le viniera “a cuento” – como si el mismo Dios hubiera existido para ella “de toda la vida” y en “todo y para todo” lo hubiera “tenido presente” en todos sus actos; cuestión que también remite a Vd. Sr. Belloch que en los Plenos Municipales, durante todo su mandato, hubiera puesto Crucifijo de Cristo-Jesús sobre la presidencia del Salón de Sesiones de este ayuntamiento de Zaragoza, “vulnerando” la “neutralidad” propia de un ámbito en el que la religión, de ser expresada, debieran serlo todas en razones obvias de que el “hecho religioso” es singular en cada persona y plural a la vez (por lo que un ateo o un gnóstico) podría llevar una vida pulcra y plenamente al servicio del Cielo, sin por ello ser “consciente” hasta que el mismo Cielo en ello “la abriera los ojos” y de ahí se entendería la a-confesionalidad de nuestra Constitución – cuestión que Vd, por la multitud de altos cargos desempeñados para nuestro Estado, hubiera no solo de conocer y re-conocer (al concluir su vida profesional como Juez de la Audiencia Provincial de esta ciudad de Zaragoza y verse en la obligación de presidir juicios, donde creo estar acertado, si dijera que ahí Vd. no se atreviera a poner tal símbolo en la sala de Audiencia) sino de “practicar” el espíritu constitucional como representante de nuestro Estado. Por lo que cabría preguntarse por qué tipo de “Malestar” o de qué naturaleza de “intimidación” se pretendiera establecer por Vd. con el uso de tal crucifijo en el citado Salón de Plenos Municipal y qué similitudes pudieran observarse con las de la progenitora, en razones religiosas, sobre este hijo – y si fueran o tuvieran que ver con lo sugerido en estas líneas (y tal vez conocido, por parte, o casi todos, de los políticos que asistieran a los Plenos que Vd. dirigía, pero parece que sin duda, por la progenitora que, probablemente en tal conocimiento de los trabajos realizado por el padre/madre – y otras actividades culturales que iniciara en esta ciudad el tal padre/madre, más populares y conocidas – le viniera a urgir, a la citada progenitora, iniciar tal tarea de difamación y prolongación del castigo sobre este hijo, a la que Vd. parece ser vendría a sumarse en su todo poderosa posición, tal vez, ya, desde que apareciera en la escena Administrativa la solicitud de certificado de funcionario del padre/madre (1992) - a petición de la progenitora, ya por entonces vinculada con el PCE en razones de ser acogida con el VºBº por ese ámbito que asumiera el proyecto social “Casa del Canal” como iniciativa propia, y que con tal documento pretendiera la progenitora ”no ser trasladada” a itinerario común de maestros de recorrerse la Comunidad Autónoma, de pueblo en pueblo, hasta los cincuenta y tantos años, que por entonces era el curso normal y profesional de un Maestro – y que coincidiría en ese mismo año con la publicación y sentencia del recurso presentado por uno de los opositores  Ver:   El País: Perdido en una Montaña de Papel     en razón de quedar excluido de tal plaza de Guarda Jurado, y que afectaría a los dos últimos opositores de tal oposición, señalando (sorprendentemente) el citado “certificado” extendido por el Secretario General de Ayto. de Zaragoza, (ver cn grupo de documentos "chapuzas" de la Administración Local: Los “arreglos” en la Administración de mi País que la plaza ganada por este padre/madre fuera la de Guarda Jurado de Montes con el número UNO, siendo que tal documento se empleara, a su vez, como “Recurso de Reposición” ante la Delegación del Gobierno en Aragón (que se inhibiría remitiendo el escrito al mismo Ayuntamiento de Zaragoza) y posterior “Recurso Contencioso Administrativo” (que remitiera a reiterar el procedimiento jurídico desde sus inicios, en razón de “hacer de menos” – ocultando razones al padre/madre al que no dieron acceso al expediente y sus razonamiento – y por tanto en tal indefensión, sin conocer el fondo de la causa o asunto, que nadie explicitara, pues los argumentos exhibidos en el Recurso por la Administración, eran de facto inconstitucionales – hablamos de más de 10 años o más después de tal recurso, y los costes de iniciar un nuevo Recurso eran inasumibles) y a su vez, no apareciendo tal circunstancia en Certificados solicitados con posterioridad, pudiéndose "contemplar" la posibilidad de que los "libros de Resoluciones del Ayto. de Zaragoza", en este aspecto concreto, hubieran podido ser modificados con posterioridad  para “ajustarse” a la “conveniencia” del momento (1993 ó 1994).

Siendo muy lamentable, que estas denigraciones sobre el padre/madre (sobre todo en las referentes a naturaleza de perversiones sexuales) fueran trasladadas por la progenitora al hijo, al ámbito judicial y de Salud Mental sin realizar contraste o verificación alguna, de la firmeza que requiriera tales “acusaciones” y sobre todo, expresar formalmente en el ámbito jurídico apropiado – pues sin tal presentación, el así difamado en poco o nada puede contrarrestar tales afirmaciones, pues todo aquél que las “oyera”  las “creyera” y las “divulgara” pero no asume a su vez, no asume la responsabilidad de dar tal testimonio donde fuere que fuese preciso para afrontar el pretendido acto criminal de manera honesta.  Por lo que cupiera aquí, también, posible “sugerencia o conformidad” del Sr. Belloch, dado que a su vez como Bi-Ministro de nuestro Estado y luego Alcalde, y nuevamente Juez, estuviera en disposición de actuar “en bien y transparencia” o en “ocultación” en beneficio de la difamadora, por razones aquí expuestas y que no excluiría las de naturaleza íntima, al parecer de hasta dónde pudiera haber llegado tal “convencimiento” del Bi-Ministro, Alcalde y Juez, sin requerir de pruebas fe-hacientes, que por su profesión (al margen de la política) debiera haber inquirido y contrastado incluso con el padre/madre para no actuar de la misma manera en que es reprochada la Administración Local (que el propio Bi-ministro dirigiera) en la manera y forma que lo hiciera el auto de la Audiencia Provincial de Zaragoza. Y que sorprendentemente, el mencionado Sr. Belloch, fuera Notario Mayor de nuestro Reino de España, siendo que hubiera podido proceder de las maneras descritas (y tal vez no solo en este caso del hijo, y del padre/madre).   

Otra última pregunta: Es todo esto coincidencia accidental o podríamos realizar una recuento de incidentes similares; y sobre todo, a dónde nos llevaría tal recuento de poderse hacer, encontraríamos más crímenes de semejante conveniencia, incluso de los cometidos por ETA, y así conseguidos? (recientemente en el programa de RNE entre el Sr. Casanova y el periodista altoaragonés, Manuel Campo Vidal, que recien publica un libro sobre ETA y la muerte de Carrero Blanco, Ver enlace:https://cateyes-loaparenteyloreal.blogspot.com/2023/12/letura-de-la-historia-casanova-se.html saliera a colación el nombre de Lidia Falcónvinculada con la actividad de ETA en 1974 - incluido lo que se dijera fuera un zulo - como "Carcel del Pueblo" - en su casa/despacho, construido por un albañil de confianza del Partido Comunista y que en una entrevista, la propia Lidia "quita importancia" y trascendencia, pesar de ser por ello denunciada y vinculada con ETA - en el atentado de la calle del Correo de 1974 (que vinculaba a ETA y el PCE, pero tal vez más correctamente con la Liga Comunista Revolucionaria a la que perteneciera la tal Lidia Falcón; por lo que Santiago Carrillo ordenó a sus abogados "no defender"a ninguno de los implicados - y cuyo precio se cobraría en diferido por la actividad jurídica de letrados del PCE, pudiera haber sido el Atentado del despacho de Atocha (1977), donde sólo se libraría la joven Manuela Carmena, (atentado en el que participaran grupos italianos organizados entorno a la CIA: Gladio —una red clandestina anticomunista dirigida por la CIA - confirmado en 1990) y que curiosamente, según la versión oficial en España no consiguieran los terroristas su objetivo contra un lider sindical del transporte Joaquín Navarro)  y siendo que ETA, hasta 2018, no reconoce tal atentado, probablemente porque "realmente" no lo cometiera y más ciertamente fuera a la iniciativa de una "rama" (ETA VI se divide en ETA V - que se discendía) y que se vinculara con el partido Comunista (pero en reqalidad LCR y que por cierto, en causa de un artículo de este padre/madre señalara el reiterado apoyo de EEUU al establecimiento de la URSS y el envío de fabricas con el sr,  Ford y un sindicalista Norteamericano para formarlos la industria URSS; una conocida del baile mandaría un wasatp concertando "inmediata"  "cerveza"  y cuando se bajara a tomarla, resultara que fuera por motivo del artículo, siendo que un "conocido suyo" se presentara con el "pego" de miembro de ETA VI asamblea - lo que a la luz de la "historia" de Lidia Falcón - pudiera concebirse que en su momento este "personaje" que así se "presentaba" al padre/madre simplemente hubiera militado en su juventud en la LCR - y a su vez apareciera un militar "joven", que se sentera a oir nuestra conversación,  retirado como teniente - de oficios - todo ello para "evaluar" que supiera, o no, y hasta dónde el tal padre/madre) mismo partido LCR al que perteneciera Lidia Falcón, (y probablemente, el "reconocimiento" de ETA de ese atentado cometido en 1974, reconocimiento recientemente en 2018, fuera un "pacto" de "blanqueamiento" "conveniente" - ahora ETA "cajón de sastre" - para multitud de personajes implicados y durante muchos años con relevancia política en España - como la propia Lidia Falcón - (ahorta en medio de un nuevo debate feminista radical y excluyente de las "mujeres-trans y grupos ELGTB") y que de ser la misma Lidia Falcón, como parece (que fuera bien conocida por su feminismo radical y excluyente), se hubiera "borrado" de wikipedia toda esa pretendida previa "etapa" de vinculación terrorista entre la LCR y ETA, siendo "sustituido" lo que a ello le afectara por el eufemismo de referencia habitual: "haber sido torturada por el franquismo" y cuya causa nunca fuera sometida a juicio por la Amnistía de 1977), "blanqueada" posteriormente Lidia Falcón de tal pasado por su posterior actividad feminista radical inmediatamente iniciada en 1976 - "agilidad de reflejos" no le faltara" - así como calificar a la delatora de "Loca" (que se reitera en la prensa española a petición de Lidia Falcón)  delató a 200 personas que participaran o colaboraran, y que poseyeran zulos/cárceles del pueblo, entre ellas uno ubicado en la casa/despacho de Lidia Falcón, según Lidia Falcón la delatora era conocida por ser una "Loca" - planeando atentados). "Contra la violación castración", sería el lema que canalizaría una "furia" contra los hombres que la torturarían en las dependencias de la Brigada Político Social, con Billi "El niño" como referente (a quien no quitan las condecoraciones),  y que sin duda, podría merecer un estudio más en profundidad en razón del mismo "terrorismo" que viene sufriendo el hijo, a manos de lo que parece una "sintonía entre Vd. Sr. Belloch - que también viniera a justificar el terrorismo de ETA en razón de dar fortaleza al Estado/como Autoridad - y la progenitora en su acción de "Terrorismo Psicológico" sobre el hijo, teniendo entre Vds - incluida Lidia Falcón por el lenguaje feminista empleado por la progenitora - más aspectos "en común" que de lo que se pudierna imaginar un ciudadano cualquiera o un lector de cualquier país, "a primera vista")

Porque tales negligencias son inconcebibles en un sistema que así mismo se concibe como democracia social y de derecho, y tales disparates de la señora solo pudieran concebirse sintiéndose respaldada por gente de ese "nivel" y mismo pensamiento  (tal vez la señora también “supiera demasiado” de lo acontecido en sus años de profesión en esta ciudad de Zaragoza y la toleran, como si fuera una “consentida” por ello, "pactarían" con ella las desgracias del hijo y del padre/madre (se metiera o no por medio) (¿?).

(Nada de esto pudiera suponer el "padre/madre" pero Vds llevan a relacionar ello, por sus "propios actos" de vds. y porque los medios de comunicación "accidentalmente" coinciden en sacar "nombres inesperados" que sesuman  la opción de la violencia "de una manera u otra" como Vd. Sr. Belloch, la "porgenitora" y - ¿Quién lo iba a imaginar? - Lidia Falcón).

(A Dios rogando - y con el mazo dando).

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