Necesidad de un Estatuto de protección Integral de Víctimas (más allá de la condición de género).
El cese de una opresión constante como la observada,
con la salida de la Mater Nutricia, pude dar como resultado, primero una
reflexión de “qué fin todo esto?” para a continuación, al día siguiente sentir
un efecto rebote que parece una liberación no tan proporcional como lo sufrido
(porque nunca puede serlo ante la desproporción vivida) pero sí
llamativa que exterioriza parte del daño sufrido en un intento de re-equilibrar
emociones rápidamente. Es fácil entender este aspecto, pues hemos visto
recientemente en el confinamiento de la pandemia, cómo atletas profesionales
que han podido salir a entrenar al mar, o por las calles recientemente, han
relatado en la tv las sensaciones y emociones que han tenido al poder retomar
la actividad física. Emoción incontenible, ganas de llorar, inmensa alegría…. Y
no parece que ninguno de ellos haya tenido nada más que un confinamiento, sin por
eso concebirse haber recibido un mal a propósito o pretendido sobre ellos como
castigo por algún motivo concreto o una imposición de una presencia indeseada o
conflictiva. Simplemente la limitación de realizar el ejercicio de
entrenamiento les ha llevado a sentir esas emociones cuando se han liberado de
esas condiciones restrictivas. El ejercicio al aire libre viene a resultar una
parte esencial para las personas, desde la infancia, pasando
por la pubertad y la juventud e incluso en las edades medianas
y avanzadas.
Ya se señalaban que los efectos sobre
los niños en este confinamiento podrían mostrarse con problemas
psicológicos (ver: El confinamiento afecta a la salud mental de los
niños) y también los
jóvenes, considerados así entre los 18 y 39 años (ver: Los jóvenes entre 18 y 39 años presentan más ansiedad y sentimiento de
soledad que los mayores de 60). Así que la respuesta ante
cierta liberación, puede considerarse dentro de lo considerado aceptable, más
después de lo allí vivido y llevado a tal extremo, por personas que debiéramos
considerar de comportamiento normalizado, aunque no se mostraran así.
Las
iniciativas del joven ante la presencia de la Mater Nutricia fueron fundadas y
consecuentes con situaciones ya vividas con la madre. De alguna manera cuando
un adulto, ya en los sesenta, procede de manera negligente, o contra la
seguridad de sí mismo o de otros por ignorancia, y ya se concibe que su
presencia pone en riesgo real algo tan básico como la salud física y su
respuesta ante las medidas de precaución que le proponen son realmente
desmedidas e impropias de un adulto de 60 años, que se dice de sí mismo
equilibrado, por mucho que después se intente justificar.
Han
sido reiteradas las situaciones que la Mater Nutricia ha inducido o puesto en
riesgo la integridad o salud de uno de sus hijos, éste en concreto, que se
sepa. Y ello le ha llevado al joven a desconfiar abiertamente de ella cuando se
trata de situaciones que exigen tener un mínimo de conocimientos técnicos
reales. Bastaría señalar lo previsto para el uso de insecticidas en un
domicilio; la llegada de la Mater
Nutricia a la finca, desde la ciudad, con una bolsa conteniendo productos
químicos e insecticida y rociando la casa, asegurando que había hormigas (y que el hijo no las había visto) nada
más llegar a la misma desde la ciudad, sobre las 21H y realizando esa tarea
sobre el inmueble en todas sus estancias (inmueble
de 25 m2), llevó al hijo a pasar gran parte de la noche despierto
ventilando la casa hasta conseguir reducir el fuerte olor a esos pesticidas
usados (olor persistente, mientras la Mater Nutricia dormía ajena a cualquier idea de
riesgo causada por esta aplicación) intentando, el hijo, al día siguiente que esos
productos fueran trasladados al garaje, fuera del espacio habitacional – que es
lo que se recomienda para el almacenamiento de estos productos, sobre todo
fuera de la cocina - y que dio lugar a los gritos de auxilio de la madre porque
tocaban “sus cosas”; ya hace un tiempo, también pidió al hijo que usara de una
motosierra para cortar ramas de los árboles de la finca, careciendo de los
trajes de protección exigidos, ni de conocimientos transmitidos por
profesionales para el uso de estas máquinas y los riesgos que implican su uso
sin experiencia (existen personas temerarias que usen de
estas herramientas haciendo caso omiso a
las recomendaciones de protección ante las graves lesiones que acaban por darse
y de las que youtube es prueba fehaciente de las mismas. Ver video para la protección
en uso de moto-sierras: https://www.youtube.com/watch?v=kk4HCIbtQUU
Precauciones de seguridad
Cuando
los métodos de prevención con pesticidas no químicos no son eficaces para el
control de plagas, puede optar por usar un pesticida químico. Un tipo de producto
es el insecticida en aerosol con válvula de descarga total (nebulizador). Estos
productos suelen ser efectivos si se utilizan de manera adecuada. Sin embargo,
pueden presentar riesgos reales para su hogar y su familia si se los usa
incorrectamente. Antes de utilizar un insecticida en aerosol con válvula de
descarga total en su hogar o edificio, lea y siga estos consejos de seguridad y
precauciones de sentido común.
Los
accidentes por uso de insecticida en aerosol con válvula de descarga total
(tipo nebulizador) se registraron en casos donde el usuario suelta demasiada
bruma, ocasionando así la acumulación de vapores inflamables. Los aerosoles
vienen en distintos tamaños. Lea la etiqueta con atención para determinar la
medida apropiada para su espacio.
Para
calcular el volumen del área habitable, multiplique el peso, el ancho y el
largo de cada habitación, y luego sume todos los volúmenes. Por ejemplo, una
habitación de 10 pies por 10 pies con un cielorraso estándar de
8 pies tiene un volumen de 800 pies cúbicos.
Los
insecticidas en aerosol no deben aplicarse en lugares pequeños y encerrados,
como vestidores, gabinetes o debajo de mesadas o mesas. El uso de un
insecticida en aerosol en un espacio cerrado puede ocasionar que el producto
explote y producir lesiones en las personas o daños a la propiedad.
· Mantenga
los insecticidas en aerosol lejos de fuentes de ignición -
Vea el video SALIDA Y
DENEGACIÓN
Es más
probable que ocurran accidentes si grandes cantidades del insecticida en
aerosol (nebulizador) toman contacto directo con una fuente de ignición, tales
como una llama, una luz piloto o una chispa de un aparato eléctrico que efectúe
un ciclo de encendido y apagado (por ejemplo, un refrigerador o un aire
acondicionado). La EPA recomienda ubicar el insecticida en aerosol a una
distancia de seis pies o más de cualquier fuente de ignición. Si necesita ayuda
para extinguir las luces piloto, comuníquese con la empresa pública de gas o la
empresa de administración locales.
· Notifique
a los miembros de su familia, vecinos y cualquier otra persona que pueda
ingresar a la propiedad
Además
de avisar a todos que no deben ingresar a la zona, asegúrese de colocar las
etiquetas para las puertas que vienen con el producto o confeccione señales de peligro usted mismo si estas
no vienen con el producto. Así reducirá el riesgo de que otra persona ingrese a
la casa o la habitación y entre en contacto accidentalmente con el pesticida
que liberó el aerosol.
· Abandone
la casa, el departamento u otro edificio a tratar inmediatamente - Mirar video SALIDA Y
DENEGACIÓN
Respirar
el vapor del aerosol puede ser nocivo. El uso seguro de estos productos
requiere que todas las personas y mascotas abandonen el lugar a tratar y
cierren las puertas luego de descargar el insecticida en aerosol. No vuelva a
ingresar hasta que haya transcurrido el tiempo indicado; normalmente, entre dos
y cuatro horas. El ingreso a la propiedad antes de tiempo puede provocar
enfermedades.
· Ventile
la zona una vez que regrese
Cuando
haya regresado a la zona tratada, abra las puertas y ventanas para ventilar los
gases que hayan quedado. Colocar ventiladores en las puertas podría ayudar a
ventilar la zona y sacar los gases.
· No
utilice más de un insecticida en aerosol por habitación, ya que un aerosol
común de 6 oz es suficiente para el tratamiento de hasta 25 por
25 pies de espacio despejado.
· Asegúrese
de retirar todos los niños, las mascotas, los juguetes y los alimentos sin
cubrir de la zona a tratar.
· Lea la
etiqueta y siga las indicaciones cuidadosamente.
· Mantenga
el producto fuera del alcance de los niños, por ejemplo, en un gabinete bajo
llave o cobertizo.
· Enséñeles
a los niños a no tocar los productos pesticidas y otros productos químicos
domésticos.
· Tenga a
mano el número de teléfono de su Centro de Control de Envenenamientos local o
el número gratuito del Centro Nacional de Toxicología (1-800-222-1222).
Cabría
preguntarse si la escena, con los argumentos que originan el conflicto, hubiera sido inversa el resultado sería obvio: ¿Qué razón no dejaría de asistirle
a la Mater Nutricia, en su consideración adversa e irresponsable de su hijo?. La sensación de incertidumbre
aparece en escena con la Mater Nutricia. Así que ante situaciones de este tipo
de negligencias cualquier persona tiende a prevenirse de cualquier "ocurrencia" que lleve una persona de esa naturaleza a término, o pretenda esa misma
persona, que el que observa esa manera de conducirse, se vea impelida a
realizar una tarea de riesgo por mandato de ésta, bajo la premisa “ambiental”
de que si no se realizara se organizaría una discusión o un escándalo.
(estas faltas de previsión en la
seguridad abarcarían también en cómo
estaba el mantenimiento del sistema eléctrico en el domicilio habitual, a
partir de una obra de reforma interior llevado a cabo, al parecer, por personas
“baratas” con una obra de albañilería ya realizada hace años; que diera lugar a
que en ocasiones algunos enchufes chisporroteen en el salón, y algunos
electrodomésticos se apaguen sólos o dejen de funcionar; y se halle, al parecer
el circuito interno de la casa sin realizar las adaptaciones que las compañías Eléctricas
exige como seguridad – incluso situaciones de falta de actualización en el
cuadro de entrada de luz a la vivienda. Una llamada, ya hace un tiempo, desde
la playa, a la una de la madrugada para
señalarle al hijo los problemas con el sistema eléctrico que se habrían observado – se
apagaba la tele de repente - y afeándole que no pudiera solucionarlo, cuando el
joven señalaba que todo el sistema eléctrico era una chapuza por habersen
empeñado en ahorrar dinero con obreros baratos y que ni los sistemas de protección,
a la entrada de la casa - el cuadro que toma la corriente, diferencial,.. -
estaban en condiciones y que nunca nadie se ha preocupado por ello. Así una
conversación de reproches, de
madrugada, parece ser, evaluando la
conversación con amigos de la Mater Nutricia en vacaciones, haciendo sugerencias sobre lo mal que se alimenta el joven cuando
está solo y otros desprecios a esas hora de la madrugada).
El
hijo empezó a pensar que la Mater Nutricia podría tener El Síndrome
de Münchhausen por poder (MSBP) (NO ES UNA TEORÍA APROBADA NI
RECONOCIDA) pero que en su contenido parecía responder a realmente tener
conciencia la madre de sus temeridades, aunque posteriormente se buscó otra
figura de persona que también respondía con temeridad cuando se sentía
contrariada y que pudiera responder mejor a las características que presentaba esta señora.
(como
ejemplo la escena fue en la carretera, conduciendo un hombre ya mayor de 70
años, y éste no le hacía caso en lo que le decía esta persona, así que ni corta
ni perezosa, le cogió el volante, pues se hallaba sentada en el asiento de
copiloto, y le dio un volantazo, para ver si así le prestaba atención – se iba en el interior a unos 80 km por hora
en una carretera comarcal – y a las
protestas del conductor por tal acción peligrosa, le respondió: “Por tu culpa”).
Así que se convino en asociar como mejor imagen
y más apropiada de las reacciones de la Mater Nutricia al parecido en el
carácter que con los años parecía adquirir con esa persona.
Iba
asegurando la Mater Nutricia que el hijo, además de todo lo que ella le
atribuía de morbosa enfermedad (por ser
rebelde) era un dependiente de ella. Bien parece que existe una
preocupación del hijo por el bienestar de la madre, pero que no llega a
dependencia como intenta establecer esta persona en la conciencia de quien les
circunda (y que así vienen a racionalizar
su entorno materno inmediato, pero con la aportación de que les parece que la
dependencia es mutua). No parece que el joven quiera seguir al lado de la
madre, pero cuando busca alternativas esta aparece en escena cortando cualquier
intento de independencia que no pase por su férreo criterio. Así que una de las
hipótesis que el joven manejó fue la de que le había tocado como madre una
“maestra al viejo estilo” cuyos hijos deberían “ser perfectos” y en el momento
en que ella le "etiquetó" las oportunidades reales de salir adelante encontraron obstáculos
ya desde cómo concibió la madre la educación de los hijos.
Las relaciones intra-familiares se han
venido basando en una jerarquización de la autoridad, destinada y concebida,
por lo general, para la protección de los miembros de las unidades familiares (sean estas formadas por todo tipo de
familias, incluidas las monoparentales) que portan cierto tipo de límites
que se suelen manifestar en forma de advertencias, consejos para establecer
unas directrices generales de comportamientos dentro y fuera de la familia, que
a veces están acompañados de razonamientos destinados a racionalizar y hacer
comprender el motivo de dichos límites; y así mismo, en la mayoría de las
ocasiones se concibe también de que se establecerá una causa/efecto de no
seguirse esas recomendaciones o limites (existiendo,
a partir de aquí distintos modelos y estrategias para hacer percibir y
reconocer lo útil y provecho que resulta seguirlas y apegarse a ellas; usando
desde castigos claros explícitos y a veces violentos, o restricciones en
libertades recreativas y a veces, el simple hecho de que la persona constate,
por sí misma, el resultado de una gestión en los asuntos inadecuada); así
pues se podría verificar, en algunos casos, la existencia de una coacción
implícita que acompaña al consejo dado, y en ocasiones una advertencia
implícita o expresa de seguir dicha recomendación para afrontar las
dificultades y los obstáculos que se presentan, pero también en ocasiones no
existe advertencia y ante el resultado de por inexperiencia realizar una
gestión con resultados adversos, o por accidente recibir un propio daño o en
algún enser o ropa – ahí directamente
aparece el castigo súbito/violento y la culpabilización, sin mayores
razonamientos que el resultado adverso constatado y evidente. Parece consensuarse que cuando estas
modalidades de educación se ejercen sobre menores, siempre podríamos analizar
las bondades o las adversidades del sostenimiento de un modelo u otro (dependiendo siempre de la propia experiencia
vivida y de si consideramos los resultados en nosotros mismos como adecuados o
si hubieran sido manifiestamente mejorables cuando los vivimos en nosotros
mismos). Así pues las estrategias para la educación de los hijos son
variadas, dependen de nuestra propia experiencia personal que optemos por unas
u otras fórmulas o incluso desechemos abiertamente algunas de ellas por
considerarlas nefastas o muy nocivas, pero también solemos concebir que son
muchos los factores que intervienen para gestionar las situaciones que pasan
los hijos en la infancia (desde la
guardería hasta el colegio) o en la adolescencia (en el instituto) o incluso en la universidad (ya entrando en la etapa de adultos), sobre todo porque nosotros
mismos como adultos plenos ya hemos concebido que vivir en sociedad tiene su
complejidad, mucho más complejo de lo que pudiéramos haber concebido en la
ingenuidad de la juventud (pues no solo
existe una Constitución que determina el tipo de valores que han de sostener la
sociedad para que esta funciones respetando los derechos de todas las personas
– sino que existe también una libertad personal que es empleada para adquirir
experiencia en la sociedad en que vivimos y que , como tal, acepta el error o
fallo como proceso de aprendizaje, siendo concebida en nuestra Constitución que
cualquier medida correctora debería estar concebida, para esa finalidad de
comprender y adaptarse a la sociedad.
Cabe
preguntarse si fue en determinado momento donde la madre, como experta en
pedagogía (pero de la vieja escuela del
“palo”, como así se descubriera)
concebiría que el hijo “no tiene solución” pese a la aplicación de su visión de
la educación “correcta” en casa (pero
parece dudoso que atribuya la situación de bloqueo, así misma y a su proceder;
y más bien atribuirla al la naturaleza y similitud del hijo con el padre, que
es lo que siempre ha venido defendiendo a propósito de esta situación).
Aquí
es donde pudiera adquirir consistencia la visión del hijo sobre la idea de
“maestro antiguo” que hace gravitar sobre la Mater Nutricia, pues era propio
concebir en la mayoría de los maestros de no hace muchos años (y tal vez, quién sabe si en el presente
también) la construcción de prejuicios sobre los alumnos en razón de cómo
rindieron sus padres en los centros de estudios (prueba de ello es la propia película de “Regreso al Futuro” donde la
autoridad escolar reprocha al joven protagonista por llegar tarde a clase,
encontrándoselo en el pasillo y augurando la profecía de que “nunca llegará a
nada, como su padre”). Obviamente una aseveración como esa, en una
autoridad escolar, sobre un joven o adolescente, hace realmente daño; pero si
es tu propia figura materna podría ser demoledor y desencadenador de múltiples
“itinerarios” inconscientes para sobre llevar esa carga; y por ello acaba buscando
la bendición de la madre en cualquier situación que inicie (intentando mostrar sus logros) en la
esperanza de que modifique ese pronóstico que parece buscar ser una “profecía a autorealizarse en el joven”;
es decir, una situación idéntica o similar a cuando un “profe” se le “cruza”
un alumno o lo pone en el “punto de
mira” y el joven exclama en casa ante tantas dificultades y exigencias: “Me tiene ojeriza”; tal vez en esos casos
la familia pueda intervenir para suavizar la situación, pero en otras siempre
hay que esperar a pasar el curso, cruzar los dedos y que no le quede pendiente
con el mismo profesor alguna asignatura. Pero en este caso, la profesora se
hallaría en casa, es la realidad cotidiana, y sin posibilidad de apelación a
instancia que interceda o aconseje, teniéndose que gestionar la situación diariamente y sin
apoyo que le suministre herramientas adecuadas
al respecto – si es que hubiera
alguna disponible ante un profesor que “te coge ojeriza”.
Ejemplos
de situaciones similares pudieran abundar en las experiencias familiares desde
que los niños son escolarizados, se socializan y entran en contacto con otras
autoridades paralelas y coexistentes con las familias. Concebida la educación
como único medio estructurado para adaptarse a la sociedad, sociabilizarse,
aprender a gestionar situaciones, conocer el ámbito que rodea … se viene a
pensar siempre, y en primera idea, que las dificultades que se presenten
provienen, exclusivamente, de los hijos y que en ello hay que poner voluntad
para superar situaciones. Sin embargo, no siempre aparece tan meridianamente
una evaluación objetiva del alumno, en ocasiones se podría observar que lo que
se describe no conecta con la “visión” que tenemos sobre la educación y la
formación. Y aunque a veces se expongan con evidencia los motivos objetivos de
un bajo rendimiento, en razones sociales o de desestructuración familiar, viene
a aparecerse como imposible de concebir que una situación particular y
concreta, pueda ser tan precisamente descrita sin concebirse solución alguna (pues es bien sabido que un problema bien
planteado es un problema resulto; si realmente se desea resolver, y se ponen
los conocimientos a ello, sobre todo si las familias tienen los profes, o el
profe en casa).
Suele
ser común que conozcamos el caso de universitarios con carreras paradas o
estancadas, a punto de finalizarlas, por haberse cruzado una asignatura o un
profesor. Y en ocasiones el alumno, a falta de dos o tres asignaturas acaba por
renunciar. En otras ocasiones alumnos que fracasan en el desarrollo de sus
estudios, en cualquiera de las etapas. Cabe pensar que ello, en la mayoría de
los casos se pudiera deber a la falta de apoyo en el entorno familiar para
comprender conceptos o tener metas realistas que motiven al estudio (o a veces por un simple mal ambiente
familiar que hace inviable la tranquilidad precisa para el estudio; sobre todo
en las etapas universitarias, donde la concentración y el silencio se hacen muy
necesarios). En cualquier caso, tampoco parece propio de promocionar el
éxito personal si se manda el muchacho opta por alejarse del domicilio y
estudiar fuera de la ciudad, si no ha sido preparado en la participación activa
de tareas básicas que le permitan el recurso de saber cocinar al menos
básicamente y dominar algunos aspectos y técnicas básicas culinarias (ello, cuando no se ha previsto, es una
dificultad añadida que puede llevar a la mala alimentación, con problemas
asociados de intolerancias por abusos del mismo producto alimenticio – por
ejemplo comer a base de quesos – o cierta desnutrición que llevara a la
debilidad física en un momento de gran desgaste psicológico como el que
requiere el estudio de carreras universitarias) En sí mismo, no prevenir
estas situaciones para ofrecer apoyo, aunque sea a distancia, dificulta en
mucho y es un sobre esfuerzo que si lleva aparejado el estrés propio de
competir para ser el mejor en clase (como
siempre estimuló la Mater Nutricia) tener que compartir piso con sólo
compañeras, y ubicarse en ciudad diferente… puede dar como resultado un reto
insuperable. (aunque el entorno materno
lo considere prueba idónea para la independencia; aunque ella por situación
similar no pasara en sus estudios).
El
mundo universitario puede resultar un enigma por descubrir. No solo se prueban
conocimientos, sino a veces, sumisión expresa, producto de un sentido de
autoridad y de cómo esta se percibe por cada profesor en el ejercicio de su
“libertad de cátedra”. Concebida la Universidad como un espacio de “libertad” de expresión, de pensamiento,
de debate, de conocimientos y de relaciones en libertad en los años sesenta y
setenta, pudo acabar reorientándose de manera diferente, pues el hecho de que
ideas y proyectos de alumnos, en ocasiones sean utilizadas por alguna persona
que da la clase (cuya vida profesional
fuera destacada anteriormente con cargo de responsabilidad) pudiera
evidenciar la necesidad de esa ley que pretende proteger las ideas y trabajos
que presentan los alumnos cuando portando brillantez, y tiende a ser incorporadas
como propias de la persona docente. La dificultad en denunciar esas prácticas,
cuando realmente se dieran, podría suponer un verdadero problema para un alumno
que a ese extremo llegara en un trabajo que no es final de carrera, ni optara
premio alguno, porque lo que ahí se
cuestionara son valores propios que debiera portar una autoridad en un entorno
educativo o de formación. De alguna manera se viene a mostrar, como así se hace
en uno de los capítulos de los Simpson, que la rivalidad puede estar presente
en la Universidad, entre los mismos investigadores o entre los mismos profesores
que dan clase respecto de sus propios alumnos, hasta el punto de la apropiación
desde una posición de fuerza.
Posibles orígenes de conflicto.
Si ya
la idea con que se presentó la discriminación positiva en la sociedad produjo
un serio debate sobre todos los aspectos de la misma, no fue menor en los
entornos educativos de instituto (hasta
que se empezara a comprender que realmente existían, salvo contadas
excepciones, un límite real a la proyección de este sector en el ambiente
profesional en razón de su rol social, su condición sexual y los prejuicios que
a ellos se vinculaban históricamente). Comprender esa discriminación
positiva, según la experiencia de cada adolescente, podría divergir y de hacho
alguno presentó el propio modelo de su propia madre para señalar que en el caso
de su experiencia directa ello no parecía necesario, pues otorgaba un plus en
razón de género sexual que él no había observado como necesario en su madre.
Aquello llevó a los docentes del centro educativo a llamar reiteradamente a la
madre, pues el hijo persistía en lo que para él era evidente argumento de peso;
y empezó a constatar cómo las reiteradas presencias de la madre en el centro
educativo suyo empezaba a trasladarle una sensación de inquietud, de
observación permanente, de cierta vigilancia que nadie le explicaba ni con
claridad, ni expresamente; lo que le pudo llevar en poco tiempo a una idea de inseguridad
y temor abstracto que pudo tardar mucho tiempo en vincular con la expresión de
su pensamiento y razonamiento. Resultó aquello convirtiéndose en una especie de
intimidación permanente difícilmente de describir para buscar apoyo y
racionalización de la situación.
Ya
previamente, un par de años antes, una situación inesperada se le había
presentado a causa de una fiesta organizada en casas de una de las madres en la
que se habían juntado un grupo de casi ya adolescentes (entre 12-13 y 15 años) a los que habían concentrado en un mismo
domicilio y disponiendo uno de los muchachos capacidad para acceder a una
escopeta de perdigón que sabía dónde se hallaba guardada (probablemente el hijo de la dueña de la casa donde se realizaba la
fiesta). Parece que todos decidieron usar de esa actividad que pareciera un
divertimento oportuno en lo que parecía en ambiente ausente de adultos en
aquella casa. Se entretuvieron, al parecer, desde una galería, y uno de los
muchachos dio en la mano de una persona que fuera tal vez vecino de calle. Desde
ése momento las narraciones de lo que pudo suceder divergen en mucho, hasta tal
punto que la verdad jurídica no se pudiera determinar si tuviera una identidad
con lo realmente sucedido. El afectado llamó a la policía. Y resultó auto-acusado
el joven. En la secuencia del juicio primero declaró la policía que se habrían
personado en el domicilio desde donde se habría producido el hecho que causara
la herida en la mano al dicho vecino, y que fuera señalado dicho domicilio por
el afectado. Y entrando en el mismo preguntaran que quien fuera el responsable
y que dicho joven se atribuiría la responsabilidad. Esta declaración no parece
que fuera escuchada por el resto de testigos, (porque fueran entrando a la sala sin oír el testimonio anterior, así me
lo pareció) ni por lo tanto por quien fuera señalado como responsable del
suceso concreto (que entrara el último en
dicha sala de vistas).
Los
diferentes testigos, que eran los presentes en la fiesta que tuvieran, al
parecer, 14 años o más, señalaron, inequívocamente a otro de los jóvenes como
verdadero actor del hecho que causó aquella lesión en la mano del vecino y uno
de esos testigos dio todo tipo de detalles precisos de cómo se produjo tal
hecho. Por último entró el señalado por la policía como auto-inculpado cuando
se presentara en dicho domicilio donde se celebrara dicha fiesta origen de de
dicho incidente. Y que sumido en cierta
conmoción por las circunstancias señalaba que él no realizó esa lesión y creo
que no señaló a quien lo hiciera o no se hubiera percatado de ello en medio de
ese ambiente festivo.
Al
padre del chico, señalado como auto-inculpado, le hubiera llegado una
notificación judicial siendo acusado por el hombre lesionado (sin tener conocimiento previo alguno de lo
sucedido y apenas pudo hablar con su hijo unos pocos minutos para intentarle
consolar, diciéndole que siguiera las instrucciones de la letrada que habría
contratado la madre, en la esperanza de que aquella confiara en la sinceridad
que el padre percibía en el hijo) por lo que el padre tuvo que llevar un
letrado y procurador (aun habiéndose
obstaculizado las visitas de fines de
semana de los hijos varios años antes y careciendo el padre de una mínima
continuidad sobre la vida de sus hijos, pues tampoco la madre habilitaba ni
facilitaba la comunicación telefónica con los hijos). Así que el padre fue
interrogado por si seguía e interesaba por el desarrollo escolar de los hijos
(¿) qué pregunta era aquella se preguntó? Si la madre habría obstaculizado años
antes el acceso del padre al APA. Y si mantenía relación con los hijos? Aquellas
preguntas le dejó tan noqueado y se sintió tan impotente ante el suceso del
hijo ( y ante la evidencia consabida del
bloqueo de la madre) que no pudo contestar más que la literalidad de los
hechos (Sí, intenté seguirla pero al
final ya no me mandaban las notas de los hijos a casas. Y no, no la mantenía la
relación). El resultado fue que el padre salió acusado de in-educandi.
Con
el tiempo recordó que cuando estaba en el pasillo que a unos diez metros del
pequeño espacio que daba acceso a la sala hablando con el hijo, la madre
gritara desde la misma puerta de la sala (delante
de otras madres presentes) “Hace un montón de tiempo que no lo ve al hijo
ni se preocupa por él”. Parecía una justificación, más, de la propia madre ante
una situación generada por ella misma. Resultaba ya una actitud típica. Así que
obvio aquello que ya era costumbre en la madre y se centró en consolar y dar
fuerzas al hijo, mientras que la abogada de la madre rondaba de cerca la
conversación entre padre e hijo y evitó que este le contara detalles de lo
sucedido al padre, llamándole a su vera; con antelación a que se entrara en la
sala de vistas. El abogado y procurador que acompañó al padre, le dijeron al
finalizar la vista que pensaban que la madre podría señalar en la vista que esos
días le tocaba estar al padre con los niños. Y que además la declaración de uno
de los testigos en favor del hijo era bastante sólida y creíble, pero que el
procedimiento judicial con menores no permitía revisar o apelar (desconozco el término concreto empleado por
el abogado) y que desde luego alguien debería hacerse responsable de la
lesión de aquél hombre. Con los años le
contó al hijo aquella experiencia vivida con él. Y el joven señaló que era la
primera vez que alguien le contaba lo que sucediera en aquella sala, pues él
entró el último a la misma, sin oír lo que declararan los policías ni sus
compañeros de fiesta.
Lo
primero que asombró es que las madres concibieran una fiesta con acceso a
alcohol a los hijos (a esa edad) y ya lo segundo una explicación de lo
sucedido que parecía mucho más convincente y coherente de lo narrado ante
aquella jueza. Lo primero que entendí es que cuando aquél hombre lesionado se
quejó señalando al lugar desde donde vio que se habían dirigido hacia él
causándole esa lesión en la mano; los jóvenes que allí habían, al percatarse,
probablemente, de lo ocurrido en la galería, salieron todos de la casa, dando
por terminada la fiesta y cada uno hacia la suya. Y que un rato después
llamaron al muchacho que resultaría señalado por la policía como autor
auto-confeso, para que fuera al domicilio donde se habría producido el
incidente (y él fue sólo, sin que
aparecieran el resto de participantes de la fiesta), y que se presentó
allí; y que un momento posterior llamó a ese domicilio la policía, y que la
madre y dueña de esa casa donde se celebrara la fiesta hablara con los policías
que llegaron a parte de la vista de este chico y del amigo que allí vivía, y que
resultaría, después de la conversación de la madre con los policías en privado,
responsabilizado formalmente, de lo ocurrido en aquella fiesta. El relato nada
tenía que ver con lo que parecía el relato judicial que pasaría como verdad.
La
pregunta era ¿Para qué todo esto? Si parecía fácil defender al muchacho,
bastaba con relatar la secuencia de los hechos cronológicamente para ir
verificando los hechos.
Al
principio pensó el padre que fuera una estrategia de los abogados para librar a
las madres del hecho de que hubiera alcohol en aquella fiesta, dando lugar a
una posible situación de irresponsabilidad colectiva.
Pero
con los años la pregunta se centró en: ¿qué hubiera pasado de haber tomado
aquella acusación en forma de grito que lanzara la madre desde la puerta de la
sala de vistas, acompañada de otras madres, mientras atendía y daba soporte al
hijo? Y que se explicitaba en la frase:
¡¡¡¡Hace años que no lo ve ni le importa!!!! Si en vez de sentirse impotente
ante esa circunstancia, se hubiera “picado” con el reproche de la madre y en la
Sala hubiera contestado reprochando que la madre le obstaculizó la entrada en
la APA y la visitas a los hijos cuando él constató que les pegaba?
Ahí
estaría la clave de la situación aún no desvelada del todo, ni abiertamente,
pero ya bajo sospecha. Pues con los años se atan los hilos y se tejen dos
historias (una traídas por los pelos con
documentos oficiales así “artificiados” y la otra muy próxima a la real, solo
aptos para los que van más allá de las apariencias). Probablemente, el
alcohol en la fiesta era necesario y preciso; y el objetivo, al final forzado,
hasta el extremo, podría ser directamente, el propio muchacho así tratado, para
desde ahí arrastrar al padre a una situación aun no aclarada, pero que desde
luego tendría que ver con justificar, en un ambiente de tribunal, la obstaculización
de la madre en el acceso a los hijos del padre.
Qué baza o prueba tenía guardada la madre desde que el padre la denunció
por malos tratos a los hijos? Y que precisaba que saliera en un ambiente
jurídico para que adquiriera el valor y peso necesario que no parecía poder
obtenido por sí misma?
la teoría de la indefensión aprendida.
Dicha
teoría toma como fundamento experimentos realizados por Martin Seligman, los cuales tuvieron incluso
repercusión para el análisis de la depresión en los seres humanos.
El
autor partió del estudio de perros que fueron sometidos a choques eléctricos
intermitentes. Estos choques se daban de forma discontinua y al azar cuando
los perros se aproximaban a buscar sus
alimentos; este procedimiento les produjo una conducta, la cual les hacía
arrinconarse en una esquina de su jaula a la que denominaremos «esquina
segura». Permanecían en esa esquina segura hasta que decidían volver nuevamente
a la búsqueda de los alimentos y a veces recibían choques y otras no. Como
resultado de este proceso se crearon sentimientos de incertidumbre al mismo
tiempo que los perros se volvían más dependientes del propio experimentador. A
razón de estos resultados se estableció un paralelismo entre la conducta
aprendida desarrollada por estos perros y la conducta de la mujer maltratada.
También se han dado algunas posiciones críticas que defendían que la
incertidumbre asociada a la violencia repetida e intermitente es un proceso
clave en el desarrollo del vínculo, pero que sin embargo de ninguna manera
puede ser el único.8
El síndrome que nos ocupa no ha sido caracterizado
como entidad diagnóstica en la última edición de 1995 del Manual
diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales (DSM IV), pero sí se lo reconoce como fenómeno
psicopatológico de plataforma traumática: «En el que se induce al agredido a un
modelo mental, de naturaleza cognitiva y anclaje contextual» (Montero Gómez,
1999). Montero ha introducido este síndrome dentro de la clasificación de
«Trastornos disociativo no especificado» del manual DSM IV.
El autor ha descrito el SIES-d como «un vínculo
interpersonal de protección, construido entre la mujer y su agresor, en el
marco de un ambiente traumático y de restricción estimular, a través de la
inducción en la mujer de un modelo mental (red intersituacional de esquemas
mentales y creencias). La mujer sometida a maltrato desarrollaría el Síndrome
de Estocolmo para proteger su propia
integridad psicológica y recuperar la homeostasis fisiológica y conductual». (Montero
Gómez, 1999).9
Según Dutton y Painter (1981),10 el síndrome de Estocolmo entendido
en el ámbito domiciliar surge de una forma determinada. Estos autores han
descrito un escenario en el que dos factores, el desequilibrio de poder, por un
lado, y la suspensión en el tratamiento bueno-malo, por el otro, generan en la
mujer maltratada el desarrollo de un lazo traumático que la une con el agresor
a través de conductas de docilidad, donde el abuso crea y mantiene en la pareja
una dinámica de dependencia debido a su efecto asimétrico sobre el equilibrio
de castigos. Este sentimiento de dependencia camina hacia la identificación con
el agresor, a la justificación de sus actos y por último a «ponerse de su
lado».
A pesar de que el adjetivo «doméstico» a veces es entendido como el
espacio de convivencia familiar, este hace referencia en el síndrome de
Estocolmo doméstico a muchos más ámbitos que el propio domicilio donde
puedan convivir la pareja. La conducta de maltrato es llevada a cabo muchas
veces en el hogar, pero también lo es fuera de él. Por
ello, es importante no confundir el término «doméstico» cuando hablemos de
este síndrome: (SIES-d).
Es de resaltar que las víctimas de manera previa al
evento traumático suelen tener distorsiones cognitivas como son la disociación,
la negación o la minimización.
Fases
[editar]
El síndrome viene determinado por una serie de
cambios y adaptaciones que se dan a través de un proceso formado por cuatro
fases a nivel psicológico en la víctima de maltrato por parte de su pareja.
Estas cuatro fases son:11
Desencadenante:
los primeros malos tratos rompen el sentimiento de seguridad y la confianza que la víctima tiene depositada en su pareja. Se produce entonces desorientación,
pérdida de referentes e incluso depresión.
Reorientación: la víctima busca
nuevos referentes, pero su aislamiento es cada vez mayor. Normalmente a estas
alturas se encuentra prácticamente sola con el exclusivo apoyo de la familia. La víctima no tiene con qué comparar o con
quién al estar aislada.
Afrontamiento: la víctima percibe
la realidad de forma desvirtuada, se autoculpa de la situación y entra en un
estado de indefensión y resistencia pasiva. El agresor la hace sentir culpable.
Entra en una fase de afrontamiento donde asume el modelo mental de su pareja,
tratando de manejar la situación traumática.
Sobre este tema Vallejo Rubinstein señala que el
«desconocimiento de estos procesos y de sus secuelas hace que muchas veces las
mujeres agredidas sean tratadas y retratadas como masoquistas, locas o
histéricas a las que les gusta que les peguen. Como explica Rojas
Marcos, a la hora de analizar las representaciones que se hacen
de víctimas y agresores (especialmente de
los medios de comunicación que raramente toman en cuenta o narran estos
procesos), la mujer sale mucho peor parada que el
agresor, que suele aparecer como un señor normal, que nunca ha sido violento
según los vecinos y testigos, no el monstruo que uno espera, versus una mujer
desencajada y fuera de sí que lo provoca con sus comportamientos (1995, p.34).
Esta concepción patológica de la mujer objeto de abuso es solo una de las
muchas imágenes o estereotipos que circulan en la sociedad respecto a víctimas
y agresores».12
No
estamos ante una situación de dependencia, al menos como la quiere presentar la
Mater Nutricia, sino ante un posible empecinamientos en persistir en el “prejuicio
de maestro” (calificación y etiquetación
del alumno, en este caso el propio hijo limitando sus posibilidades reales).
Ya en el pasado tuvo oportunidad el padre de solicitarle a la madre ver por
encima la corrección que realizaba de exámenes, ante la evidencia de gestos a
veces exagerados e incluso amanerados que realizaba mientras realizaba esa tarea (era la primera vez que le vía llevándose a corregir exámenes de alumnos
a casa) y ella le permitió tomar dos que parecían tener similar nota, pero
uno aprobado y otro suspendido. Parecía obvio que ella misma parecía reclamar
la atención con esa manera de proceder ante el compañero con el que llevaba ya
unos pocos años, pues hasta entonces nunca la vio comportarse en maneras y
formas similares. Tomó los exámenes de los cuales ella misma exclamó al terminar de
corregirlos y observó que al diferencia apenas era de unas décimas que bien
pudieran salvarse en el caso del suspenso, porque el aprobado tampoco parecía
dar respuestas bien precisas. Al menos esa fue la primera impresión y le
preguntó a ella: ¿Por qué apruebas a ése y a
este otro no? Y la respuesta fue. “Ese tiene posibilidades; este otro es
carne de cañón”. Desde luego, el
criterio iba más allá de lo que siempre concebí como académico y promotor del
ánimo para hacer persistir en el conocimiento. Pero la sentencia ya estaba
echada. Y si ibas más allá las teorías sobre las circunstancias de aquellos
jóvenes en “segunda oportunidad” eran maravillosas pero, a la definitiva, con
un simple vistazo, aquél joven alumno, desconocido para quien observaba la escena de la
maestra, difícilmente, al menos en aquella época inicial, tendría una
oportunidad real de verdadera segunda oportunidad, que era para lo cual estaba
concebido, en principio, aquél proyecto piloto educativo. Era “el prejuicio del
maestro” y ello se había revelado históricamente en como un obstáculo bien
difícil de salvar.
Análogamente
aquél prejuicio lo habría instaurado con el hijo, empeñado en alegrarse si
tenía noticias del padre, o lo hubiera visto por la calle desde el autobús.
Aquello para aquella Mater Nutricia tal vez podría llegar a representar el
mismo obstáculo que para un profesor (de hace 100 años) que consideraría el
mundo y la sociedad perfectamente definida en clases sociales estancas, reconocer
en el hijo de quien considera su enemigo socialista o socialdemócrata, una mínima virtud de inteligencia o capacidad (pretendiendo el padre que sus hijos alcancen status
sociales con mejores oportunidades), – y más si de ello dependiera el futuro del hijo de su enemigo intolerable,
quien busca instaurar una igualdad de oportunidades para todos y acabar, así, con la
idea del proletariado como clase dominada y siempre rehén de élites.
Así que no era exactamente dependencia lo que
tenía el hijo respecto de la Mater Nutricia, sino buscar la salida a una
situación ya intolerable e insoportable (“Estatus
de Victima, Violencia/ Síndrome de Estocolmo e Indefensión aprendida),
pidiendo la bendición de la madre para salir de la situación de estancamiento
que supone el cerco continuo de la misma y las proposiciones de metas, a base
de conceptos y valores contrapuestos, que son irresolubles. Llevándole a una
continua posición de "indefensión aprendida". La indefensión aprendida es
mostrado en el siguiente vídeo, donde una profesora en su clase, a sus alumnos,
ples hace pasar por esa experiencia concreta, para que reconozcan esa situación
de “expresa manipulación” en el futuro, si se produjera, y así no quedar
atrapados en semejante artificio premeditado, sin defensa posible (ver ejemplo de cómo un maestra induce a toda
una clase a la posición emocional de :Indefensión aprendida, por medio del
abuso de confianza y el engaño al plantearles un sencillo problema, donde un
aparte de la clase tiene datos completos
y la otra no) : https://www.youtube.com/watch?v=OtB6RTJVqPM
Algunos estudios universitarios [cita requerida] han
revelado que cuando a una persona se le castiga de manera continua sin importar
lo que haga, desarrolla indefensión aprendida, por lo que el sujeto tiende a
dejar de responder e intentar generar un cambio.[cita requerida] Suele
ser común en personas cuyo régimen de crianza ha sido autoritario. [cita requerida]
Martin Seligman inició una investigación acerca de
la indefensión aprendida en 1967 en la Universidad de
Pensilvania como una extensión a su interés por la depresión.
Esta investigación fue expandida luego por Seligman y otros. Uno de los
primeros experimentos fue entre Seligman y Maier: En la parte 1 del estudio,
tres grupos de perros fueron puestos en arneses. El grupo 1 fue solamente
puesto en los arneses por un tiempo y luego eran liberados. Los grupos 2 y 3
fueron amarrados en yunta. A los perros en el
grupo 2 se les daban choques eléctricos de manera aleatoria y los perros podían
presionar una palanca para parar los choques. Cada perro del grupo 3 era
juntado con uno del grupo 2; si bien, cuando el perro del grupo 2 recibía un
choque eléctrico, el perro del grupo 3 también recibía un choque de la misma
intensidad y duración, este no podía evitarlo, porque su palanca no hacía nada.
Para el perro del grupo 3, parecía que el choque se suspendía de manera
aleatoria porque el perro del grupo 2 al que estaba pareado estaba parando el
choque. Por lo tanto, para los perros del grupo 3, el choque era
"inevitable".
En la parte 2 del experimento, los 3 grupos de
perros fueron llevados a una habitación que tenía dos compartimientos
rectangulares divididos por una barrera de unas cuantas pulgadas de alto. Todos
los perros podían escapar del choque eléctrico yendo a la otra parte de la
habitación. Los perros del grupo 1 y 2 rápidamente entendieron la tarea y
escaparon de los choques eléctricos, sin embargo, la mayoría de los perros del
grupo 3 (que antes habían aprendido que nada de lo que hicieran iba a parar el
choque eléctrico) simplemente se quedaron quietos sin hacer nada y solo gemían
al recibir los choques.
En un segundo experimento ese mismo año, con nuevos
grupos de perros, Overmier y Seligman eliminaron la posibilidad de que, en vez
de tener una indefensión aprendida, el grupo 3 hubiera fallado en aprender la
tarea de escapar del choque debido a haber aprendido otro comportamiento que
interfería con la tarea de escapar. Para prevenir ese comportamiento que
"interfería", los perros del grupo 3 fueron inmovilizados con una
droga que los paralizaba (curare) y tuvieron un
procedimiento similar que en la parte 1 del experimento de Seligman y Maier.
Cuando llegaron a la parte 2 del experimento, el grupo 3 exhibió el mismo
comportamiento de indefensión aprendida. Este resultado sirvió para eliminar la
hipótesis de la interferencia.
De estos experimentos, se creía que solo había una
cura para la indefensión aprendida. En la hipótesis de Seligman, los perros no
trataban de escapar porque ellos creían que nada de lo que hicieran haría que
los choques pararan. Para cambiar este pensamiento, los investigadores tenían
que tomar las patas de los perros y moverlas replicando las acciones que el
perro debía realizar para escapar de la zona de choques eléctricos. Esto se
tuvo que hacer al menos 2 veces antes de que los perros empezaran a saltar por
sí mismos la barrera. Utilizar cualquier otra forma de estímulo como amenazas,
premios y demostraciones visuales no tenía efecto en la indefensión del grupo
3.
Experimentos posteriores han servido para confirmar
el efecto depresivo de sentir una falta de control en un estímulo aversivo. Por
ejemplo, en un experimento, pusieron a personas a hacer tareas mentales con la
presencia de un sonido distractivo. Las personas a las que se les dio la posibilidad
de apagar el sonido, raramente se levantaron a hacerlo, aun así, exhibieron
mejores resultados que aquellas personas que no tenían la posibilidad de
pararlo. Así, bastaba tener la noción de poder apagar el sonido para
contrarrestar sus efectos. En 2011, un estudio en animales encontró que los
animales con control sobre los estímulos estresantes exhibían cambios en la
excitabilidad de ciertas neuronas en la corteza prefrontal. Los animales que no
tenían control de estos estímulos no exhibían este efecto y mostraban signos
consistentes con la indefensión aprendida y la ansiedad social.
La
idea de Víctima es un concepto del que el común de las personas nos hacemos una
idea, por lo general empática, vinculada con las experiencias que pudiéramos
haber vivido en primera persona en alguna medida o reconocido en nuestro
ambiente social; el aprendizaje en sociedad suele llevar a la experiencia de
ser víctima en alguna situación o circunstancia de la que, el hecho de ser
autónomos e independientes, señalaría la superación de esa condición. Sin
embargo difícilmente solemos alcanzar el grado de conciencia precisa para
reconocer una situación de víctima con meridiana precisión y sin llevarnos a
justificaciones de situaciones intolerables, ni mucho menos justificables.
Si
meditamos en conciencia, la situación de vulnerabilidad que hizo posible que en
algún momento fuéramos o nos sintiéramos víctimas, veremos que puede retornar,
no estamos libres permanentemente de esa condición vivida; puesto que las
condiciones que podríamos haber dado como permanentes y estables (la economía, la salud, un sistema que
garantiza los derechos, o la existencia del apoyo emocional del entorno….)
podrían variar súbitamente pasando a una situación de vulnerabilidad.
El concepto de “víctima” en el derecho
internacional es estudiado en la obra La dimensión internacional a
los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación para las víctimas
de violaciones a los derechos humanos, escrita por Omar
Huertas Díaz, Eduardo Castellanos Rozo, Hermes Montaña Díaz, Oscar Giovanni
Ramírez Zarate, Iván Andrés Flores Acero, Deyanira del Pilar Ospina Ariza.
Una obra publicada por la Universidad Autónoma de Colombia, la Corporación
Juristas Siglo XXI, Consultores Abogados y la Editorial Ibañez.
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El concepto de víctima ha sido largamente estudiado y por consiguiente han
sido muchos los estudiosos del derecho que han tratado de definirlo. En el
plano positivo es conveniente partir de la definición que se señala en la
Declaración sobre los Principios Fundamentales de la Justicia para víctimas del
delito y del abuso del poder proclamada el día 29 de noviembre de 1985 por la
Resolución 4034 de la Asamblea General de la Organización de las Naciones
Unidas que establece:
“Víctimas de delitos. Se entenderá por "víctimas" las personas
que, individual o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones
físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera, o menoscabo
sustancial de los derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones
que violen la legislación penal vigente en los Estados miembros, incluida la
que proscribe el abuso de poder.
Podrá considerarse "víctima" a una persona con arreglo a la
presente Declaración, independientemente de que se identifique, aprehenda, enjuicie
o condene al perpetrador e independientemente de la relación familiar entre el
perpetrador y la víctima.
En la expresión “víctima” se incluye además en su caso, a los familiares o
personas a cargo que tengan relación inmediata con la víctima directa y a las
personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en
peligro, o para prevenir la victimización.
Las disposiciones de la presente Declaración serán aplicables a todas las
personas sin distinción alguna ya sea de raza, color, sexo, edad, idioma,
religión, nacionalidad, opinión política o de otra índole, creencias o
prácticas culturales, situación económica, nacimiento o situación familiar,
origen étnico o social o impedimento físico.”
También la Declaración se refiere a las víctimas del abuso de poder.
“Se entenderá por "víctimas" las personas que,
individualmente o colectivamente, hayan sufrido daños, inclusive lesiones
físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo
sustancial de sus derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u
omisiones que no lleguen a constituir violaciones del derecho penal nacional,
pero violen normas internacionalmente reconocidas relativas a los derechos
humanos.”
De esta definición se concluye que “víctima” es la persona que ha sufrido
una pérdida, lesión o daño en su persona, propiedad o derechos como resultado
de una conducta que constituya una violación a la legislación penal nacional,
constituya un delito bajo el derecho internacional que implique una violación a
los principios sobre derechos humanos reconocidos internacionalmente, que de
alguna forma implique un abuso de poder por parte de personas que ocupen
posiciones de autoridad política o económica.
La “víctima” puede ser un individuo o colectividad, incluyendo grupos,
clases o comunidades de individuos, corporaciones económicas o comerciales y
grupos u organizaciones políticas.
La importancia que comienza a darse al papel de la víctima, en el derecho
internacional, permite que esta figura sea contemplada en los procesos penales
como parte esencial para la integración de las investigaciones y para la
apreciación del esquema total del crimen.
En el Estatuto de Roma y para los fines del mismo, por “víctima” se
entiende a las personas naturales que hayan sufrido un daño, como consecuencia
de la comisión de algún crimen de la competencia de la Corte.
Y por “víctimas” también podrán entenderse las organizaciones o
instituciones que hayan sufrido daños directos a alguno de sus bienes que esté
dedicado a la religión, la instrucción, las artes, las ciencias, o la
beneficencia y a sus monumentos históricos, hospitales y otros lugares u
objetos que tengan fines humanitarios.
La
violencia o la violentación de los derechos de una persona, en su seno e
íntimamente, es una clara demostración de poder práctico y real. Implica
crueldad, carencia de empatía con la víctima, a veces satisfacción en el daño
que se produce a la víctima (sadismo), e incluso en ocasiones se justifica en
razón de “castigar” para “enseñar”, y desde luego sentido de impunidad y
capacidad de manipular las evidencias (Siendo
ello, el modelo de ejercicio de la violencia, aprendido; y que ha sido aplicada
tanto desde roles masculinos como femeninos).
Parece
necesario y preciso configurar un Estatus que contemple la naturaleza de ser
víctima. Donde se recoja con detalle todos los rasgos y tipología que definen
esta condición, así como las reacciones y estrategias que la propia víctima
puede desarrollar como formulas para encontrar una estabilidad personal dentro
de una situación de largo y permanente estado de sufrimiento; sobre todo cuando
los maltratadores se hallan en su entorno inmediato, poseyendo vínculos familiares
que ejercen y condicionan los intentos y cualquier intención de la victima para
salir de ese escenario opresivo de manera racional o pactada con sus mismos
agresores; incluyendo la situaciones morbosas que buscan atribuir a la victima
el papel de opresor o constituyéndose los maltratadores ante los ojos de la víctima
como persona maltratadas por ella. Parece
un requisito necesario e ineludible que un Estatuto reconozca en cualquier
situación que se pudiera dar quién es la víctima real con la finalidad de que
en cualquier actuación de la Administración, por cualquier motivo sobrevenido,
muestre de manifiesto y sin duda cual es el bien a proteger: La Víctima de
maltrato. En ese sentido pareciera conveniente que la magnitud de esa
protección fuera de similar e idéntica naturaleza que el otorgado hacia la
mujer en su condición de vulnerabilidad en razón de sexo y de prejuicio que el
varón dominante ejerce para someterla,
subyugarla, condicionarla, manipularla o condicionar su respuesta para
liberarse de dicha situación. El apoyo de la Administración y la magnitud del
mismo tal debiera ser de similares o idénticas características para garantizar
posibilidades reales de éxito en las personas así tratadas; cuya naturaleza no
se define exclusivamente por una condición de género vulnerable al prejuicio
histórico, sino por una vulnerabilidad en razón de haber sido maltratada, por
lo general, en largos periodos prolongados e incluso desde la infancia, sin
haber tenido opciones reales de escape y liberación dadas sus características
particulares para reconocer plenamente su condición de víctima.
Desde
esta perspectiva se pudiera entender que el papel de la Administración en situaciones
de maltrato que no es contemplado bajo la condición de Género (la Violencia de Género en España obliga a
esa protección integral en el caso de la mujer; habiendo realizado un gran
esfuerzo para la sensibilización y especialización de los miembros del Estado
que actúan en estas situaciones de violencia de género) pudiera entenderse
que una actuación fuera de ese ámbito de VG debe portar cierto distanciamiento respecto de cualquier
tipo de Víctima que no sea producto de violencia de Género, al considerarse, en
alguna medida, que la víctima es en gran parte responsable del maltrato
recibido y que es condición Humana aprender a salir de esas situaciones por las
que, en alguna medida, hemos pasado todos como miembros de una sociedad, donde
quien es capaz de maltratar ocultando las evidencias de su maltrato o justificándolo
cumpliera, en alguna medida un papel “educativo” respecto de su propia víctima.
Es decir, la víctima lo es porque en
alguna medida quiere serlo, busca serlo, o comete errores para serlo. La
analogía que exisistiera en esta actitud hacia la victima por parte de la
Administración sería similar a la anterior consideración que se tenía hacia las
víctimas de violencia de género, acusándolas de cómo visten, el horario por el
que transitan en calles desiertas, o transitar lugares o parajes solitarios sin
compañía. El derecho a la libertad personal y a nuestra integridad como
personas no pueden estar vinculados a la idea de que si no los defendemos o
prevemos las agresiones a nuestra integridad en razón a una vulnerabilidad (en el caso de la mujer por menor fortaleza
física) es justificable, en alguna medida, la agresión, y en consecuencia al
agresor en su acción de violencia. De
igual manera que la condición de mujer es defendida en la actualidad
activamente por ser potencialmente vulnerable, sin trasladar ninguna
responsabilidad sobre la víctima por no atender o prever su condición de
vulnerabilidad, es de considerar y reflexionar que la condición de víctima, así
protegida por la ley, debiera y debe extenderse a todo tipo de víctimas y
condición de víctimas, pues ninguna víctima debiera ser considerada responsable
de la agresión de sus maltratadores en ningún caso o circunstancia; y por lo
tanto, el derecho a la integridad física o psíquica de una persona, en este
caso víctima, no puede ser cuestionada en razón de no proveerse o prever protección
o precaución para no ser agredida por su agresor. Tal idea de que las
agresiones portan un elemento educativo, si las sostiene la Administración y el
Estado en alguna medida o forma, en su actuación sobre víctimas, no contribuiría
procediendo así al objetivo esencial de promover la paz mediante el respecto activo
a los derechos de las personas. La “educación” así concebida por la
Administración o el Estado en el pasado, la debe de recibir el agresor o los
agresores, y no las víctimas en medida alguna.
El derecho fundamental de las víctimas es el derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación del daño sufrido en manos de sus agresores.
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